Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 23 de Junio de 2020, expediente FSM 000182/2013/TO01/27/1/CFC007

Fecha de Resolución23 de Junio de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Causa Nº FSM 182/2013/TO1/27/1/CFC7

C., D.M. s/recurso de casación

Sala III.

Cámara Federal de Casación Penal Registro n°:

Buenos Aires, 23 de junio de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver acerca del recurso de casación interpuesto en la presente causa FSM 182/2013/TO1/27/1/CFC7

del registro de esta Sala III, caratulada: “CASTILLO, D.M. s/recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que uno de los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 4 de San Martín, en fecha 22 de mayo del corriente año, resolvió no hacer lugar a la prisión domiciliaria ni a la morigeración de la detención de D.M.C..

  2. Que, contra dicha decisión, el defensor oficial interpuso recurso de casación el que fue concedido por el a quo.

    La defensa sostuvo que se denegó la petición sin evaluar los factores de riesgo que revestía la situación de C. alojado en una unidad carcelaria, en el marco de la pandemia declarada.

  3. Que si bien las resoluciones que involucran la cuestión aquí planteada, resultan equiparables a sentencia definitiva, ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos: 310:1835; 310:2245; 311:358;

    314:791; 316:1934, 328:1108, 329:679, entre otros), para posibilitar la jurisdicción de esta Alzada, debe encontrarse debidamente fundada una cuestión federal.

    Que en el sub judice, la defensa lejos de demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado que permita hacer excepción a dicho principio general Fecha de firma: 23/06/2020

    Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: L.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA DE CASACION 1

    Firmado(ante mi) por: L.D.P.R., SECRETARIA DE CAMARA

    se ha limitado a invocar defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso que el a quo consideró relevantes para rechazar la petición.

    Repárese que a efectos de mantener el encierro carcelario del encausado, en el fallo se consignó que “en fecha 6 de noviembre de 2018 este Tribunal condenó a M.D.C. a la pena única de prisión perpetua, accesorias legales y costas, comprensiva de (a) la de prisión perpetua,

    accesorias legales y costas, aplicada por este Tribunal en la presente causa el 16 de julio de 2014, en orden al delito de secuestro extorsivo doblemente agravado por haber sido cometido por tres o más...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR