Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 24 de Octubre de 2018, expediente CFP 007224/2018/1/CA001

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 7224/2018/1/CA1 CCCF - Sala II CFP 7224/2018/1/CA1 “A, R A s/ devolución de automotor”

J.. Fed. N° 10 - Sec. N° 19 Buenos Aires, 24 de octubre de 2.018.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Estas actuaciones se elevaron a estudio y decisión del Tribunal a raíz de la apelación deducida a fs. 12/3 por el Dr.

A.J.S., en representación de R A A, contra el resolutorio dictado a fs. 10 que dispuso no hacer lugar a la restitución del automóvil Volkswagen Gol, dominio GAE …, oportunamente solicitado al menos como depositario judicial.

II- Ahora bien, cabe indicar que -si bien resulta acertado seguir afectando el citado automotor a la presente causa , desde que aún no puede descartarse una presunta vinculación con la maniobra ilícita investigada conforme a lo sostenido en dicho decisorio y a lo indicado por el F. a fs. 9- no se comparte la necesidad de mantenerlo secuestrado, en tanto ello puede afectar su real conservación y valor.

Es que teniendo en cuenta que no existe controversia acerca de la titularidad del bien reclamado -confr. copia del título acompañada a fs. 2- y que no hay medidas de prueba pendientes de realización con relación al mismo, se considera suficiente, en este caso, para resguardar los fines aludidos por el Juez instructor la entrega de dicho rodado bajo el carácter de depositario judicial, debiendo darse aviso de ello a la oficina del Registro de la Propiedad del Automotor respectiva.

En dichas condiciones, y respecto a la circunstancia...

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