Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 10 de Mayo de 2018, expediente FSA 011096/2014/TO01/5/1
Fecha de Resolución | 10 de Mayo de 2018 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY - SECRETARIA EJECUCION PENAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY 11096/2014 Incidente Nº 1 - IMPUTADO: QUISPE, CECILIA s/INCIDENTE DE LIBERTAD CONDICIONAL SALVADOR DE JUJUY, 10 DE MAYO DE 2018.
VISTOS: El Expte. N° FSA 11096/2014/TO1/5/1, caratulado “QUISPE,
Cecilia – S/ Incidente de Libertad Condicional” (Infracción Ley. N° 23.737), del
registro de este Juzgado de Ejecución de sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal
Federal de Jujuy, y
CONSIDERANDO:
-
A requerimiento de éste Juzgado de Ejecución Penal, el Patronato de
Liberados y Menores Encausados de la Provincia de Jujuy, a fojas 5/8, remitió los
Informes: General de Arresto Domiciliario e informe Psicológico a fs. 27/29 respecto
de la encartada C. Quispe.
El primero da cuenta que la supervisión de Arresto Domiciliario de la
nombrada se inicia en el mes de Diciembre del año 2015. La vivienda donde la
encartada en cuestión cumple la medida judicial está ubicada en Manzana 18, Lote 21
del Asentamiento N. de la Localidad de San Pedro de Jujuy, Provincia
de Jujuy. Las visitas de control y supervisión estuvieron a cargo del personal del Área
de Desarrollo Humano del Municipio de S., Provincia de Jujuy, donde se la
derivó por proximidad al domicilio. Durante la supervisión se informa que en el
ultimo semestre se registraron tres ausencias del domicilio donde la Sra. cumple
Fecha de firma: 10/05/2018 Alta en sistema: 11/05/2018 Firmado por: MARIO H.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: AMELIA P.P., SECRETARIO DE JUZGADO #31431567#205813521#20180509131200743 arresto domiciliario a saber: en fecha 14 de noviembre de 2017, donde habría
concurrido al Centro de Salud a gestionar carnet de controles prenatales; el día 9 de
enero del corriente la Sra. se ausentó de su domicilio para efectuarse controles
prenatales y en visita del 13 de marzo de 2018, no se encontró a ninguna persona en la
vivienda. En cuanto a situación familiar y habitacional, la unidad convivencial de la
Sra. Q. esta compuesta por su hijo V. de 8 años de edad,
estudiante nivel primario (3 grado), asiste a la Escuela Provincia de Santiago del
Estero N° 281, turno mañana de dicha localidad. La vivienda es propia y consta de un
dormitorio, un comedor, cocina, regular estado de conservación y orden, mobiliario
básico. Cuenten con los servicios de luz eléctrica, agua potable y gas envasado, es de
mencionar que desde una cooperativa hace aproximadamente tres meses le hicieron
mejoramiento habitacional (galería, techado, terminación del sanitario). En cuanto a
la situación socioeconómica, la Sra. Q. percibe $ 2400, cobro de asignación
universal por hijo, y cobra el prenatal, no obstante recibe asistencia económica por
parte de su madre.
A nivel sanitario la Sra. se encuentra en buen estado de salud aparente, transita
un embarazo avanzado, con fecha probable departo el di 03 de Mayo de 2018, seria
atendida en el Hospital Paterson de esa Localidad, según datos aportados por la Lic.
S. que supervisa a la Sra. Q. situación que le demando salidas de la
vivienda para recibir atención ginecológica y medica. El resto de la familia gozaría de
buen estado de salud. No cuentan con cobertura de Obra Social. Es de mencionar que
la Sra. Q. se encontraba en tratamiento Psicológico y Psiquiátrico, en el Hospital
Sequeiros de esta ciudad, en su momento se articulo desde este Patronato con dicho
Hospital para el otorgamiento de turnos.
Fecha de firma: 10/05/2018 Alta en sistema: 11/05/2018 Firmado por: MARIO H.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: AMELIA P.P., SECRETARIO DE JUZGADO #31431567#205813521#20180509131200743 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY La supervisada dio cumplimiento de forma regular, a la permanencia en el
domicilio, registra salidas por atenciones médica para si y para su hijo. A nivel
intrafamiliar, la Sra. es la única que asume el cuidado y atención de su hijo, con
ausencia de figura paterna en el desempeño de sus roles. En cuanto a la situación
socioeconómica el ingreso actual que posee la Sra. Q. logra satisfacer
mínimamente las necesidades básicas de la familia, cuenta con apoyo económico de
redes familiares (madre). Obtener la Libertad Condicional le permitirá a la Sra.
Q., la posibilidad de buscar un empleo para poder sostener a su familia y mejorar
su calidad de vida. Se vislumbra aun Pronóstico de Riesgo de reincidencia medio,
condicionado a las características de personalidad de la supervisada, y por sobre todo
condicionado al entorno donde se desenvuelva
El Informe Psicológico da cuenta que al momento de la evaluación, la
encartada se mostró “…con disposición, respeta el encuadre formal siguiendo roles
asignados. No presenta conductas de oposición frente a las consignas solicitada.
Evidencia apertura al dialogo de manera fluida. No se observan alteraciones en las
funciones cognitivas básicas…. ni alteración en la sensopercepcion, ni alteraciones
del contenido (ideas delirantes)” (fs. 27/29). Su relato es coherente y se angustia
frente a la causa y situaciones vividas. En cuanto a su proyecto de vida, refiere tener
intenciones de finalizar sus estudios secundarios, ya que adeuda dos materias
(biología y educación cívica), además de poder continuar con la venta de alimentos
para poder afrontar la economía de su familia. Concluyendo el Gabinete que “ …. se
evidencia que la supervisada dio cumplimiento de forma regular a la permanencia en
el domicilio, registra salidas por atenciones medicas para si o para su hijo…..obtener
la Libertad Condicional le permitirá a la Sra. Q. la posibilidad de buscar
empleo para poder sostener a su familia y mejorar su calidad de vida” .
Fecha de firma: 10/05/2018 Alta en sistema: 11/05/2018 Firmado por: MARIO H.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: AMELIA P.P., SECRETARIO DE JUZGADO #31431567#205813521#20180509131200743 2. Agregados los informes de antecedentes penales surge que el nombrada
registra la condena dispuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy en
la presente causa Nº FSA 11096/2014/TO1 por la cual se encuentra detenida en
arresto domiciliario desde el 23092015, beneficio concedido por el Tribunal Oral
Federal de Jujuy, mediante auto que en copia corre agregado a fojas 24/26 (del
Legajo de Ejecución), no registrando otros antecedentes. Ello en virtud de lo
informado por el Registro Nacional de Reincidencias (fs. 21/22), y del Departamento
Antecedentes Personales de la Provincia de Jujuy (fs. 10) del Incidente de Libertad
Condicional.
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El Señor Fiscal Federal dictamina a fojas 31 que C. Q.
habiéndose remitido Informes del Patronato de Liberados, Informe Psicologico y el
plazo de la Libertad Condicional operó el 23/04/18, por lo que no tiene reparos en que
se conceda la Libertad Condicional a C. Q., en tanto se encontrarían
cumplidos los requisitos objetivos previstos en el art. 13 y ss. del Código Penal y art.
28 de la ley 24.660, destacándose que la misma no implica autorización para salir
del país.
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Analizada la presente, considero que corresponde otorgar la
INMEDIATA Libertad Condicional a C. Q., debiendo la nombrada
cumplir con todas las exigencias previstas en el...
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