Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4, 19 de Octubre de 2017, expediente FSM 002217/2012/TO01/1

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4 2217/2012 Incidente Nº 1 - IMPUTADO: Z., E.H. s/INCIDENTE DE PRESCRIPCIÓN DE ACCIÓN PENAL San Martín, de octubre de 2017.

Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa N° FSM 2217/2012/TO1/1, seguida contra E.H.Z., en orden a los delitos previstos en los arts. 210, 248, 277, inciso 1º, apartado “c”, inciso 3º, apartado “b”, y párrafo final según ley 25.815, 289, inciso 3º, 292, párrafos primero y segundo, y 293 del Código Penal.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que en las presentes actuaciones, el señor agente fiscal, doctor S.B., requirió la elevación a juicio el 10 de septiembre del año 2012, entendiendo que tiene debidamente acreditado que: A) En el período comprendido entre el 20 de diciembre de 2004 hasta el 20 de febrero de 2006, O.N.P., E.H.Z. y A.O.V., tomaron parte junto con otros sujetos que aún no han podido ser individualizados en autos, de una asociación ilícita destinada a cometer delitos indeterminados en el ámbito del Registro Seccional de la Propiedad del Automotor Nº 7 de La Matanza, en la que P. cumplía la función de Encargado titular mientras que Z. se desempeñaba como Encargado Suplente.”

    La asociación constituida –hasta la fecha-, se dedicaba a registrar de manera irregular distintos automotores de procedencia ilícita, para lo cual falsificaban ideológicamente diversa documentación, ya sea respaldatoria de su titularidad como la concerniente a la tramitación de la transferencia registral de los mismos.

    Fecha de firma: 19/10/2017 Alta en sistema: 23/10/2017 Firmado por: M.G.D.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ALEJANDRO DE KORVEZ, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: K.S.R., SECRETARIA DE JUZGADO #30268795#190961444#20171019120300228 “B) Dentro de esa asociación ilícita y siempre incumpliendo sus deberes que como funcionario público le imponía la ley, E.H.Z., con conocimiento de la procedencia ilícita de las unidades automotrices que seguidamente se detallarán, tuvo intervención en la legitimación de la inscripción inicial y sucesivas transferencias fraudulentas de esos dominios, otorgadas sobre la base de un certificado de subasta falso, verificaciones técnicas vehiculares apócrifas (pues se les había erradicado la numeración original del motor y chasis- otorgándosele una nueva identificación –RPA-), falsificándose, además, el resto de la documentación respaldatoria de cada uno de esos automotores y de diversa documentación...

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