Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5, 15 de Junio de 2017, expediente FSM 001899/2009/TO01/1/CFC001

Fecha de Resolución15 de Junio de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5 FSM 1899/2009/TO1/1/CFC1 -Martín, 15 de junio de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver sobre la solicitud de prisión domiciliaria efectuada por el defensor público oficial en favor de É.R.H. en el expte. FSM 1899/2009/TO1/1/CFC1 (reg. int. 2441) que tramita ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 de San Martín.

RESULTA:

  1. Que a fs. 237/42 vta. el asistente técnico solicitó la prisión domiciliara de la encartada por razones de edad y de salud.

    Indicó que la situación de H. se enmarca en el supuesto del inc. “d” del art. 10 del C.P. por contar con 72 años de edad, situación que se ve agravada por su estado de salud.

    Señaló que este planteo no pretendía ser una reedición del efectuado hacía más de dos años ya que se verificaban circunstancias nuevas que no existían en aquel entonces. La primera vinculada a la situación procesal de su asistida, quien hoy cuenta con una condena firme en etapa de ejecución.

    La segunda, con la reciente implementación del mecanismo de monitoreo electrónico para las personas que se encuentran en prisión domiciliaria.

    En forma subsidiaria solicitó el arresto domiciliario por cuestiones de salud en los términos del inc. “a” del art. 10 del C.P. Mencionó que su asistida padece EPOC, linfoma de H. hace 10 años por el cual le efectuaron una cirugía y Fecha de firma: 15/06/2017 Firmado por: ALFREDO JUSTO RUIZ PAZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.T., SECRETARIA #19649618#181225718#20170615121947839 quimioterapia, registra una reciente polipectomía colónica, tuvo dos ACV isquémicos no seculares y un episodio de bronquitis hace pocos meses. Sostuvo que el delicado estado de salud de H. se ve agravado por su edad y que las condiciones de vida en su lugar de detención poco ayudan.

  2. Que ante ello se dispusieron diversas medidas tendientes a reunir las constancias probatorias necesarias para resolver el planteo.

    Puntualmente: la confección de un informe social en los términos de los arts. 33 segundo párrafo de la ley 24.660 y 4 del decreto 1058/97, la remisión de copias del legajo de salud de H. y demás constancias médicas obrantes en su lugar de alojamiento y de la historia clínica confeccionada en el Hospital Militar Central, y el dictamen del Cuerpo Médico Forense (fs. 243 vta/244 vta, 252, 260/vta, 280, 287 y 300/vta.).

  3. Que en su escrito de fs. 293/vta. la defensa solicitó se resuelva en primer lugar la solicitud de arresto domiciliario por la cuestión etaria y que quede supeditado a esa resolución el trámite del arresto domiciliario por cuestiones de salud.

    1. respecto se dijo en el auto de fs. 295 que se estimaba oportuno el tratamiento de ambos extremos en forma conjunta en un único pronunciamiento, dada la índole de la cuestión planteada, y se ordenó estar a la espera del informe encomendado al Cuerpo Médico Forense, única medida que se encontraba pendiente.

    Fecha de firma: 15/06/2017 Firmado por: ALFREDO JUSTO RUIZ PAZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.T., SECRETARIA #19649618#181225718#20170615121947839...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR