Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 12 de Abril de 2022, expediente CIV 063026/2017/1

Fecha de Resolución12 de Abril de 2022
EmisorCamara Civil - Sala D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D

63026/2017

Incidente Nº 1 - EJECUTANTE/S: VARONE, FRANCISCO

ALBERTO EJECUTADO/S: DANKEL SA Y OTRO

s/REGULACION DE HONORARIOS - INCIDENTE CIVIL

Buenos Aires, de abril de 2022.- FMC

AUTOS Y VISTOS:

Son elevadas las actuaciones para conocer los recursos interpuestos contra los honorarios regulados el 30 de junio de 2021 al Dr. J.C.W., letrado apoderado de la parte ejecutante, en 36,84 UMA, y los de la Dra. P.E.P., letrada pa-

trocinante de la parte ejecutada, en 13 UMA.

El monto comprometido en la ejecución asciende a $

490.764,45, que equivalía a 98,58 UMA a la fecha de la regulación,

según el valor de esta unidad dispuesto para esa fecha por la Acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación N° 12/2021 ($ 4.978).

Le corresponde, entonces, la escala arancelaria que va entre el 17% y el 22% del monto, de conformidad con el artículo 21

de la ley 27.423.

Sin embargo, debe computarse también el factor de co-

rrección establecido en dicha norma respecto del resultado que arroje la aplicación de las escalas: “En ningún caso los honorarios podrán ser inferiores al máximo del grado inmediato anterior de la escala, con más el incremento por aplicación al excedente de la alícuota que co-

rresponde al grado siguiente”.

Sobre la base de estas pautas, que arrojan un honorario mínimo de 23,05 UMA y uno máximo de 23,48 UMA, deben conside-

rarse las etapas del proceso cumplidas, que, en este caso, abarcaron su totalidad (conf. art. 29, inciso f), ley 27.423), y adicionarse, en su caso, un 40% a quien actuó como apoderado (art. 20 de la misma ley).

Fecha de firma: 12/04/2022

Alta en sistema: 13/04/2022

Firmado por: P.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.M.P.O., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.G.R., JUEZ DE CAMARA

Teniendo en cuenta la naturaleza, importancia y exten-

sión de los trabajos cumplidos; el monto comprometido; la circunstan-

cia de que se opusieron excepciones; las etapas cumplidas; lo dispues-

to por los artículos 1, 16, 20, 21, 29, 34 y 51 de la ley 27.423 y el va-

lor de la UMA establecido por la Acordada N° 12/2021 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para la fecha de la regulación y por la N° 4/2022 para la actualidad, se reducen los honorarios del Dr. J.C.W., letrado apoderado del ejecutante, a 32,8 UMA, equi-

valentes al día de la fecha a pesos doscientos cuarenta y tres mil nove-

cientos noventa y nueve ($ 243.999), y se elevan los de la Dra. P.-

cia Emilia Pablichenco, letrada...

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