Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL, 19 de Mayo de 2022, expediente FLP 057564/2019/1/CA001

Fecha de Resolución19 de Mayo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III

FLP 57564/2019/1/CA1

La Plata, 19 de mayo de 2022.

VISTO: este expediente FLP

57564/2019/1/CA1, caratulado: “D.. O.,

M., Titular del Registro Seccional de la Propiedad Automotor nro. 10 LP ‘N.N. s/ Incidente de competencia’”, del registro del Juzgado Federal Nro. 3, S. Nro. 8, de esta ciudad;

Y CONSIDERANDO QUE:

  1. El caso.

    Llega la causa a conocimiento del suscripto para decidir la contienda negativa de competencia trabada entre el Juzgado Federal N° 3

    de La Plata y el Juzgado Federal N° 2 de Lomas de Zamora.

  2. Antecedentes de la causa.

    1. Se inició a instancias de la denuncia de la Encargada Titular del Registro de la Propiedad Automotor nro. 10 de esta ciudad,

      respecto a irregularidades en un trámite de transferencia presentado el 5 de agosto de 2019

      (ver fs. 10). En el mismo se presentaron transferencias conjuntas y el pedido de legajo respecto a un vehículo Ford F-100, pick up, modelo 1968, dominio B 00016289.

      Puntualmente se advirtió que la certificación de firmas de los vendedores -H.B. y D.C.- que figuraba efectuada el 2 de junio de 2000, por la escribana S.M.S. -a cargo del Registro nro.

      15, de M.- en el folio CAA 00731312 (del Libro de Requerimientos 33, Acta 228; ver fs. 51, de la causa digitalizada) sería apócrifa toda vez que,

      según informó el Colegio de Escribanos Provincial,

      el formulario original con esa numeración fue Fecha de firma: 19/05/2022

      Alta en sistema: 23/05/2022

      Firmado por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL

      Firmado por: C.A.V., JUEZ

      Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III

      FLP 57564/2019/1/CA1

      provisto -a través de la delegación S.M.- al escribano J.L.P. -titular del Registro nro.

      28 de tal localidad- (ver fs. 1) y tampoco está

      en los registros.

      Dicha certificación aparece vinculada al formulario 08 nro. 12045059 (fechado el 2 de junio de 2000, ver fs. 2) a través del que se procuraba documentar la venta del vehículo a M. de L.M.A.; e iba acompañada del formulario de legalización de firmas FAA00551657

      (también de fecha 2 de junio de 2000, ver fs. 52

      de la causa digitalizada).

    2. El Fiscal ante el Juzgado Federal nro.

      1 dictaminó que como la actuación notarial y el formulario 08 se presentaron el 5 de junio de 2019, el juzgado competente sería el nro. 3; y así

      se declaró (fs. 14 y vta.).

      El juez a cargo de ese juzgado recibió el expediente, delegó la investigación en el fiscal que propuso medidas...

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