Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 26 de Junio de 2018, expediente CCC 025093/2012/1/CA002

Fecha de Resolución26 de Junio de 2018
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación INCIDENTE DE INCOMPETENCIA FORMADO EN LA CAUSA N° CCC 25093/2012, CARATULADA: “ E.M.C. SOBRE INFRACCÓN LEY 24.769”. J.N.P.E. N° 1. SECRETARÍA N° 1. EXPEDIENTE N° CCC 25093/2012/1/CA2. ORDEN N° 28.475.

SALA “B”.

Buenos Aires, de junio de 2018.

VISTOS:

La cuestión de competencia suscitada entre los Juzgados Nacionales en lo Penal Económico N° 1 y N° 10.

La presentación de fs. 58/59 vta. de este incidente, por la cual la representación del Ministerio Público Fiscal contestó la vista conferida a fs.

57 del mismo legajo.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) De las constancias del presente legajo surge que la causa principal a la que corresponde este incidente, se inició con la denuncia efectuada por A.M.M. ante la Seccional 47° de la Policía Federal Argentina, la cual quedó radicada en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 26 bajo el N° CCC 25093/2012. Con fecha 30 de abril de 2013, el titular de aquel juzgado resolvió -de acuerdo a lo solicitado por la Fiscalía interviniente- declarar la incompetencia para seguir entendiendo en la causa mencionada y remitir la misma a la Justicia Nacional en lo Penal Económico por entender que los hechos denunciados podrían encuadrar en alguna de las previsiones de la Ley Penal Tributaria (confr. fs. 8/10 vta.).

    En aquella oportunidad, resultó desinsaculado para intervenir el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 10, cuyo titular dispuso rechazar la competencia atribuida por considerarla prematura (confr. fs. 13/15).

    Con la insistencia del magistrado que intervino en primer término, quedó trabada la contienda negativa de competencia, que fue dirimida por la Sala 6 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional por la resolución del 4 de octubre de 2013, en favor del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 26 (confr. fs. 17/17 vta.).

  2. ) Por la resolución que obra en copia a fs. 31/36 de este Fecha de firma: 26/06/2018 Alta en sistema: 29/06/2018 Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.M.C., PROSECRETARIA DE CAMARA #31604240#209606754#20180621132220071 Poder Judicial de la Nación incidente, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 26 resolvió, con fecha 17 de noviembre de 2017, declarar nuevamente la incompetencia de aquel juzgado para seguir entendiendo en la causa N° CCC 25093/2012 y disponer la remisión de la misma a la Oficina de Sorteos de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico a efectos...

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