Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 26 de Octubre de 2023, expediente CNT 054152/2022/1/CA001

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 54664

CAUSA Nº 54152/2022/1/CA1 - SALA VII - JUZGADO Nº 5

Autos: “RIVERO, JORGE C/ RAUL OSVALDO POLONSKY SEBASTIÁN

POLONSKY MARIANO POLONSKY SOCIEDAD DE HECHO Y OTROS S/

DESPIDO” -INCIDENTE-.

Buenos Aires, 26 de octubre de 2023.

VISTO:

La resolución de la Sentenciante de grado mediante la cual desestimó la medida cautelar solicitada con base en el art. 62, inc. b) de la L.O., llega apelada por la parte actora, según surge de las constancias digitales del sistema de gestión Lex100 que se tienen a la vista.

Y CONSIDERANDO:

I) Sobre la cuestión traída al conocimiento de este Tribunal,

conviene memorar que, a fs. 39/42 de las actuaciones principales, la actora solicitó la formación de un incidente de embargo preventivo respecto del codemandado SEBASTIAN POLONSKY -declarado en rebeldía, cfr. art. 71

de la L.O., v. fs. 39 de la foliatura digital- con base en lo normado en el art. 62,

inc. b) de la L.O.

En su relación, la Magistrada a quo desestimó la petición cautelar,

en tanto juzgó que el litisconsorcio pasivo que se presenta en autos impide efectivizar la presunción que surge de la citada norma adjetiva y que, en consecuencia, deben presentarse la totalidad de los recaudos a los que alude el art. 62 de la L.O.

La actora cuestiona dicha decisión alegando, centralmente, que ello deviene de una errónea consideración de los términos de su petición como así

también de la interpretación de lo normado por los arts. 71 y 62, inc. b. de la L.O.

II) Se anticipa que la crítica actoral tendrá favorable recepción en esta Alzada.

Al respecto cabe recordar que el artículo 62, inc b) de la ley 18.345,

regula una hipótesis de embargo ante la rebeldía del sujeto pasivo de la acción en los términos del artículo 71 de la L.O. Así, en su parte pertinente, la norma prevé que “…se podrá decretar, a petición de parte, embargo preventivo sobre los bienes del deudor. b) en caso de falta de la contestación de demanda”.

En el caso, de la compulsa digital de los autos principales surge que se ha declarado la rebeldía de SEBASTIAN POLONSKY, en los términos del art. 71 de la L.O. y dado que dicha resolución arriba firme a esta instancia, es Fecha de firma: 26/10/2023

Firmado por: P.S.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B.Q., SECRETARIA DE CAMARA

claro que la ausencia de responde da nacimiento a una fuerte presunción de veracidad de los hechos relatados al demandar a la par que...

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