Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 19 de Octubre de 2023, expediente CAF 048931/2015/1/CA002 - CA003

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I

48931/2015 Incidente Nº 1 - ACTOR: BUCCI, LUCAS SANTIAGO

DEMANDADO: M JUSTICIA Y DDHH s/INC EJECUCION DE

SENTENCIA Juzg.n° 2

Buenos Aires, 19 de octubre de 2023.- MAP/JMS

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que el letrado apoderado de la parte actora solicitó que "se le impongan las costas a la demandada en relación a la segunda etapa del proceso, que incluye toda la actividad desplegada [desde el 7 de febrero de 2020] hasta la actualidad", y que se le regulen los honorarios profesionales (presentaciones del 20 de octubre y del 17 de noviembre de 2021).

  2. Que el juez rechazó el pedido de "regulación de honorarios solicitad[o] respecto del incidente de ejecución de sentencia" y dispuso que "toda vez que [...] las costas se han impuesto por su orden, previo a proveer lo peticionado [...] manifieste el letrado si ha suscripto pacto de cuota litis con el actor" (pronunciamiento del 14 de diciembre de 2021).

    Para decidir de ese modo, tuvo en cuenta que —por mayoría— esta sala admitió el recurso de apelación deducido por la parte actora, ordenó

    que se liquide el beneficio concedido sin la aplicación de las pautas contenidas en la resolución 670/2016 y —por unanimidad— distribuyó las costas en el orden causado (pronunciamiento del 12 de septiembre de 2019).

    Señaló que "[d]evueltas las actuaciones del Superior, el letrado de la parte actora efectuó tres (3) presentaciones a fin de concluir con la ejecución de sentencia", y que a la luz del plenario "Farrando", las mismas deben "ponderarse y considerarse incluídas, a los fines regulatorios, en las etapas del proceso que concluyen con la sentencia definitiva".

  3. Que el letrado de la parte actora dedujo un recurso de apelación (presentación del 16 de diciembre de 2021).

    Fecha de firma: 19/10/2023

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

    Sus agravios, que fueron replicados, pueden sintetizarse de la siguiente manera:

    (i) La resolución "desestima un pronunciamiento sobre costas por el desarrollo general del proceso ejecutorio, iniciado con mi presentación del 1 de noviembre de 2017 y concluido con el pago indemnizatorio realizado a favor de mi cliente".

    (ii) "Desestimar la imposición de costas al Estado (por la falta de acatamiento –deliberado- del fallo judicial) en razón del modo en que se decidieron dos incidencias puntuales sobre los alcances de la tarifa indemnizatoria de mi cliente, es no conocer ni comprender las características específicas de la actividad ejecutoria".

    (iii) "La forma en que se determinaron las costas de dichas incidencias no puede ni debe proyectarse de modo automático sobre el proceso global de ejecución".

  4. Que estas actuaciones fueron promovidas con el objeto de promover la ejecución de la sentencia en la que se reconoció el derecho del señor L.S.B. a obtener el beneficio solicitado en...

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