Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 3 de Agosto de 2023, expediente CAF 022546/2021/1/CA002

Fecha de Resolución 3 de Agosto de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I

22546/2021 Incidente Nº 1 - ACTOR: CORESA GROUP SRL

DEMANDADO: EN-M DESARROLLO

PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL

CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA-SIMI 549412M Y

OTROS s/ INC DE MEDIDA CAUTELAR (J. 5)

Buenos Aires, 3 de agosto de 2023.- GC/JMS

AUTOS Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la jueza resolvió “[...] que en la medida cautelar concedida con fecha 31/5/22 -confirmada por el Superior por resolución del 22/9/22- se fijó un plazo de vigencia de tres meses de acuerdo con lo establecido en el art. 5º de la Ley 26.854 y toda vez que en la actitud desplegada por la actora en las presentes actuaciones no se observa una conducta dilatoria en su impulso, corresponde rechazar la oposición formulada por el BCRA y el EN y ampliar el período de vigencia de la cautelar conforme lo solicitado por la actora por el plazo de tres meses más” (pronunciamiento del 28 de diciembre de 2022).

  2. Que la parte co-demandada Estado Nacional apeló y expresó sus agravios que no fueron replicados.

  3. Que los tribunales deben fallar con arreglo a la situación fáctica y jurídica existente a la fecha del pronunciamiento (Fallos:

    308:1489; 312:555; 315:123; esta sala, causas n° 40.895/2013, “

    Villan, E.A. y otros c/ EN M DEFENSA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg”, nº 3.047/2021, “Incidente 2:

    Romaldi SRL c/ EM — Mº Desarrollo Productivo — Secretaría Industria Economía del Conocimiento y Gestión externa —

    SIMI46900g y otro s/ inc apelación” y n° 9821/2021, “Incidente 1:

    Deportes Fueguinos S.A. c/ EM — Mº Desarrollo Productivo —

    Fecha de firma: 03/08/2023

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

    Secretaría Industria Economía del Conocimiento y Gestión Externa s/ inc. medida cautelar”, pronunciamientos del 11 de marzo de 2021,

    del 31 de marzo y del 3 de mayo de 2022).

  4. Que ese principio exige tener en cuenta que del sistema de consulta pública de causas del Poder Judicial de la Nación surge que en el expediente principal la jueza tuvo “por desistida de la presente acción y el derecho a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto por el art. 304 y 305 del CPCCN (pronunciamiento del 5 de julio de 2023).

    En mérito de las razones expuestas, el tribunal

    RESUELVE:

    declarar abstracta la consideración de los agravios ofrecidos por la parte co-demandada Estado Nacional, con...

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