Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 11 de Abril de 2023, expediente CAF 008237/2021/1/CA002

Fecha de Resolución11 de Abril de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

8237/2021

Incidente Nº 1 - ACTOR: BREST, JUAN TOMAS DEMANDADO:

EN-AFIP-LEY 27605 s/INC DE MEDIDA CAUTELAR

Buenos Aires, de abril de 2023.-

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el demandante interpuso una acción de amparo contra el Estado Nacional – Poder Ejecutivo y la Administración Federal de Ingresos Públicos, con el objeto de que se declarase la inconstitucionalidad de la Ley Nro. 27.605, que estableció el “Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia”.

    En ese marco, solicitó el dictado de una medida cautelar tendiente a que la demandada se abstuviera provisionalmente de continuar con la tramitación del formulario F 8600/I, Actas nros 0010002021022999907 y 0010002021023005104 (“Requerimiento”) del 29/4/21, emitidas por la División Fiscalización Externa n° III (DE FGCN)

    de la Dirección Control Grandes Contribuyentes Nacionales de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Orden de Intervención n° 1926094, cuyo objeto es verificar su situación en relación al denominado “Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la Pandemia creado por la Ley N° 27.605 (APSyE/“el Aporte”), hasta tanto medie sentencia definitiva.

  2. Que, por la resolución del 4 de abril de 2021 la jueza de primera instancia hizo lugar, bajo caución real y por el plazo de tres meses, a la medida cautelar requerida.

    Para así decidir, consideró que se hallaba acreditado el requisito del peligro en la demora en la medida en que tal como lo ponía de manifiesto el accionante y surgía de la documentación acompañada, ya se encontraba emitido el formulario F 8600/I, Actas nros 0010002021022999907 y 0010002021023005104 (“REQUERIMIENTO”)

    del 29/4/21, por la División Fiscalización Externa n° III (DE FGCN) de la Dirección Control Grandes Contribuyentes Nacionales de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), y la Orden de Intervención n° 1926094, cuyo objeto era verificar la situación de la actora en relación al denominado “Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la Pandemia creado por la Ley N°

    27.605”.

    Fecha de firma: 11/04/2023

    Alta en sistema: 12/04/2023

    Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.L.A., SECRETARIA DE CAMARA

    Así, entendió que de hacerse efectiva la aplicación de la resolución en cuestión era evidente el perjuicio económico que ello podría significar para la accionante.

    Por otro lado, consideró que el requisito de la verosimilitud del derecho no debía ser tratado en ese estado liminar,

    pues ello implicaría avanzar sobre el fondo de la cuestión planteada, lo cual se hallaba vedado.

    Por su parte, el 10 de marzo del 2022, amplió el plazo por el cual fue otorgada la medida.

  3. Que, contra esas resoluciones, la parte demandada apeló y expresó agravios, a fs. 92/107 y 145/155, que no fueron contestados por el demandante.

    En cuanto interesa, el recurrente se agravia por considerar que el objeto de la medida cautelar coincide exactamente con el del amparo que es la inaplicabilidad de la Ley 27.605 y sus normas reglamentarias con respecto a su caso...

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