Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA CIVIL, 16 de Marzo de 2023, expediente FGR 001590/2023/1/CA001

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca “F. T., J. R. c/ Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) s/ amparo ley 16.986 s/ inc. apelación” (FGR 1590/2023/1/CA1)

Juzgado Federal de General Roca General Roca, 16 de marzo de 2023.

VISTO:

El recurso de apelación deducido por el demandado contra la resolución de primera instancia que admitió la precautoria requerida;

Y CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el art.26 del decreto-ley 1285/58, es facultad de las cámaras de apelaciones dictar sus resoluciones por voto de los magistrados que las integran, por lo que en esta ocasión cada uno de los miembros de este tribunal emitirá su opinión en la forma que sigue.

El doctor M.R.L. dijo:

  1. La resolución apelada hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la accionante, ordenando al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) proveerle, en el plazo de cinco días,

    el tratamiento con “INMUNOGLOBULINA HUMANA (1g/10ml), cuya presentación comercial es 10g.f.a. x 1 . 100ml, en la cantidad prescripta por su médico tratante (10 frascos de 10gr”, bajo apercibimiento de imponerle astreintes, que fijó en $10.000, por cada día de retardo en caso de incumplimiento.

    A esa decisión arribó el magistrado tras tener por configurada la verosimilitud del derecho con la documental acompañada, de la que surge, afirmó, la afiliación de la Fecha de firma: 16/03/2023

    Alta en sistema: 17/03/2023

    Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA —1—

    Firmado por: GUILLERMO DI COLA, Secretario de Juzgado #37540885#361064881#20230316122427383

    actora al instituto, su diagnóstico y el tratamiento indicado por el profesional que la asiste.

    Agregó que el PMO, Anexo III, reconocía la cobertura de medicamentos para tratar patologías similares a las de la accionante, resaltando que existía un apartado específico que se identificaba como “INMUNOGLOBULINAS” y que aunque el reclamado no se encontraba allí previsto sí

    había sido autorizado por la ANMAT mediante disposición n°

    DI-2022-8931-APN-ANMAT#MS.

    El peligro en la demora lo consideró reunido a tenor del informe elaborado por su médico tratante de donde surgía, dijo, que la dilación de la práctica podría poner en riesgo la vida de la accionante.

  2. Contra ello se alzó el demandado, ocasión en la que también contestó el informe previsto en el art.8 de la ley 16.986.

    En lo que concierne a la decisión cautelar, el recurrente sostuvo en primer lugar que no hubo negativa total a la prestación requerida pues fue debidamente fundada.

    Luego se agravió respecto de que el peligro en la demora hubiese sido considerado solo con las constancias acompañadas, y por haberse tenido por acreditada la verosimilitud del derecho sin valorar que la realidad de los hechos distaba de la manifestación de la amparista,

    insistiendo por ello en su posición.

    Explicó que frente a la solicitud de la medicación se inició el correspondiente trámite online y que la Subgerencia de Medicamentos, luego de observar toda la documentación facilitada por el afiliado junto con los Fecha de firma: 16/03/2023

    Alta en sistema: 17/03/2023

    Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA —2—

    Firmado por: GUILLERMO DI COLA, Secretario de Juzgado #37540885#361064881#20230316122427383

    Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca informes de su médico particular, la rechazó en forma totalmente fundada, entendiendo, según lo indicado por la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica), que por el estadio del diagnóstico no se aconsejaba.

    Expresó que de decidirse la provisión de la droga ese Instituto cumpliría, dejando de manifiesto que no coincidía con el...

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