Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 28 de Febrero de 2023, expediente CIV 086772/2018/1/CA001

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2023
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F

86772/2018

Incidente Nº 1 - ACTOR: ILLESCAS, M.M.

s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Buenos Aires, de febrero de 2023.- BR

Y VISTOS: CONSIDERANDO:

Estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de f. 74 en donde la Sra. Jueza de grado rechazó el presente incidente. El memorial obra a f. 76 y su traslado fue contestado a fs. 81/83. El Sr. Fiscal de Cámara dictaminó precedentemente. El Sr. Representante del Fisco propició el rechazo de la franquicia pedida.

Para la procedencia total o parcial del beneficio no se requiere que el peticionante se encuentre en estado de indigencia siendo suficiente para concederlo la posibilidad de que los gastos derivados del proceso, teniendo en cuenta su capacidad económica,

sean susceptibles de incidir en los recursos destinados a su sustento personal o al de su familia (art. 78 del Código Procesal).

Quien afirma no poder afrontar los gastos de un pleito debe explicar claramente cuál es su situación económica, indicando cuáles son sus medios de subsistencia, la fuente y cuantía de sus ingresos, ya que tales explicaciones resultan necesarias para valorar si el peticionario carece de recursos que le permitan atender la tasa de justicia y, eventualmente, afrontar las costas del juicio.

De las pruebas producidas se desprende que el Sr. I. no es propietario de bienes inmuebles (v. informes de los Registros de Propiedad Inmueble de la provincia de Buenos Aires y de la Fecha de firma: 28/02/2023

Firmado por: C.R.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.M.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA

Capital Federal a fs. web 10/11 y fs. web 13/14, respectivamente).

Vive en un departamento -monoambiente- propiedad de su madre -por el que le abona mensualmente una suma de dinero por el uso y sus correspondientes gastos- ubicado en la calle I. 3137 7°B,

Parque Patricios, de esta Ciudad (v. declaración jurada ingresada en la digitalización de fs. web 20/52, pág. 66, punto “b”).

El solicitante trabaja en relación de dependencia en la Auditoria General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A su vez, posee una caja de ahorro en pesos y dólares abierta en el Banco Francés y tarjetas de crédito Visa y MasterCard otorgada por dicha entidad (v.D.J citada, puntos “d” y “e” y copia de los resúmenes ingresados a fs. web 20/52, págs. 36/64 –donde se aprecian consumos en pesos y en...

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