Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 9 de Febrero de 2023, expediente CNT 041936/2021/1/CA001

Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VIII

Expediente nro. CNT 41936/2021/1/CA1

JUZGADO Nº 58

INCIDENTE EN AUTOS: "GONCEBAT, R.A. C/

CHEN, LONG S/ DESPIDO”

Ciudad de Buenos Aires, 08 de febrero de 2023.-

VISTOS:

Los planteos recursivos articulados por el Dr. REYNALDO JULIO

  1. ROMERO (v. fs. 73/75) y por la parte actora (v. fs. 49), contra la providencia dictada en autos (v. fs. 48), que reguló los HONORARIOS PROVISORIOS de la ex representación letrada de la parte actora en su conjunto, en la suma de $144.016.-, equivalente a dieciséis (16) UMAs.

Y CONSIDERANDO:

Los honorarios regulados lucen razonables, teniendo en consideración la importancia, mérito, extensión de las tareas cumplidas y las pautas arancelarias de aplicación (Arts. 12, 16 y cc. de la Ley 27.423) por lo que deberán ser confirmados.

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar la regulación de honorarios apelada.

Regístrese, notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 4º Acordada CSJN 15/13 del 21/05/13 y oportunamente, devuélvase.-

JMC 12.21

M.D.G.V.A.P.

JUEZ DE CÁMARA JUEZ DE CÁMARA

Ante mí:

C.R. GUARDIA

SECRETARIA

Fecha de firma: 09/02/2023

Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA

.

Firmado por: C.R.G., SECRETARIA DE CAMARA 1

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