Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 30 de Junio de 2022, expediente FSA 002012/2022/1/CA001

Fecha de Resolución30 de Junio de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA CIVIL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II

INC. APELACIÓN EN AUTOS:

R.C.D. c/ PAMI s/

AMPARO LEY 16.986

Expte. N° FSA 2012/2022/1/CA1

JUZGADO FEDERAL DE SALTA N° 2

ta, 30 de junio de 2022.

VISTO

El recurso de apelación deducido por el apoderado de la demandada en fecha 17/3/2022; y CONSIDERANDO

1) Que vienen las presentes actuaciones en virtud de la referida impugnación, dirigida contra la sentencia del 11/3/2022 mediante la cual la jueza de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar innovativa solicitada por C.D.d.R.R., en representación de su madre A.N.d.P.V. y, en consecuencia, ordenó al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (en adelante PAMI) a que en forma inmediata y perentoria proceda a autorizarle la medicación Bosentan 125 mg Masican, Iloprost 20 mg Ventavis y Sildenafil 50 mg Vorst-M, según lo requerido por los médicos tratantes, teniendo en cuenta la patología que padece; ello bajo apercibimiento de desobediencia judicial y de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar. Aceptó la caución ofrecida por la actora.

Fecha de firma: 30/06/2022

Firmado por: M.X.S.P., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA

2) Que en su memorial de agravios, la recurrente sostuvo que su mandante no obró con negligencia ni desaprensión en contra de la afiliada, sino que la solicitud fue evaluada por auditoría médica y observada por falta de documentación completa que avale el diagnóstico, la cual no fue presentada.

Añadió que la resolución cautelar se confunde con el objeto de la demanda, por lo que constituye una sentencia anticipada desnaturalizando el instituto cautelar en desmedro de las garantías procesales de su mandante. Citó

jurisprudencia al respecto e hizo reserva del caso federal 3) Que en fecha 23/3/2022 el Defensor Oficial, en representación de la actora, contestó el traslado que le fuera conferido, advirtiendo la falta de motivación en la presentación interpuesta ya que - a su entender - se limitó a manifestar que no corresponde la medida cautelar al no haber entregado la actora la documentación completa, la que -afirmó- fue presentada en su totalidad.

Señaló que el argumento de la demandada burla de forma indirecta el efectivo goce del derecho a la salud de la afiliada quien es una paciente crónica que padece hipertensión pulmonar y necesita el...

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