Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 6 de Mayo de 2022, expediente COM 013443/2020/1/CA002

Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

SOFOVICH G.M. C/ MORALES CARLOS S/

INCIDENTE DE NULIDAD

Expediente N° 13443/2020/1/CA2

Buenos Aires, 06 de mayo de 2022.

Y vistos:

I.V. apelada la resolución mediante la cual el Señor J. de primera instancia rechazó el planteo de nulidad por el que fue formado este incidente.

Las constancias de la sustanciación recursiva obran en la nota de elevación, a la que se remite.

  1. i) El demandado procura la declaración de nulidad de lo actuado desde el despacho de Secretaría del Juzgado del 17.12.21 en adelante.

    Por medio de ese despacho, el S. actuante tuvo por contestadas por el perito calígrafo las impugnaciones que aquella parte había formulado al dictamen pericial.

    El nulidicente, en concreto, cuestiona que no se hubiese dado traslado de tal contestación y que, sin que lo proveído por la Secretaría hubiese quedado firme, el J. dictó la sentencia ejecutiva, admitiendo la demanda.

    En tal contexto, agrega el demandado, no tuvo oportunidad de expedirse -antes de la sentencia- sobre lo contestado por el perito.

    ii) Previo a todo, merece hacerse notar que el aquí apelante también apeló la sentencia dictada en el proceso a que accede este incidente,

    motivo por el cual no se ve que haya sido necesario formular la tacha de nulidad por vía autónoma, o sea acudiendo a una doble vía impugnatoria,

    desde el momento que el recurso de apelación comprende el de nulidad (art.

    253 del código procesal).

    De todos modos, más allá de esa circunstancia de tipo formal, la Fecha de firma: 06/05/2022 Sala se va a pronunciar aquí sobre la cuestión de la nulidad, ya que, arribados Alta en sistema: 09/05/2022

    Firmado por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA

    Firmado por: E.R.M., VOCAL- ACTOR: SOFOVICH, G.M. DEMANDADO: MORALES, C.H. s/INCIDENTE DE NULIDAD Expediente N°

    Incidente Nº 1 13443/2020

    Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA

    a la alzada ambos recursos de apelación, es realmente indiferente en cuál de ellos el tribunal se expida, máxime que aquella cuestión fue sustanciada y finalmente decidida en este marco incidental sin agravio de las partes.

    iii) A juicio de la Sala, el planteo del aquí recurrente no puede prosperar.

    No se ignora cuál ha sido la secuela del proceso ejecutivo tras el despacho del 17.12.21 hasta que, luego de ser dictada y notificada la sentencia,

    el demandado solicitó el rechazo de la contestación a la impugnación efectuada al informe caligráfico de oficio, ratificando...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR