Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 27 de Abril de 2022, expediente CIV 048460/2021/1/CA001

Fecha de Resolución27 de Abril de 2022
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H

48460/2021

Incidente Nº 1 - ACTOR: N., G.D.C., A.E.s..

250 C.P.C - INCIDENTE FAMILIA

Buenos Aires, 28 de abril de 2022.- FE

Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

  1. Las presentes actuaciones fueron remitidas a este Tribunal a fin de conocer en la apelación interpuesta por la parte demandada el 11 de noviembre de 2021 contra la resolución del 8 de noviembre del mismo año. Los fundamentos fueron replicados el 13 de diciembre del pasado año.

    Mediante ese pronunciamiento, el anterior juzgador atribuyó

    provisoriamente el uso de la vivienda ubicada en la calle R. de la I.

    2987, piso ..to. de esta ciudad al actor, hasta que se encuentre firme la sentencia de liquidación de la comunidad de bienes del proceso que oportunamente se inicie, momento en cual se resolverá si procede extender o no este uso y, en su caso, por qué plazo y bajo qué

    modalidad. Impuso las costas de esta incidencia a la demandada vencida.

    Centra la demandada sus críticas en la inadecuada interpretación de los hechos en que se sustentó la decisión, carente de toda perspectiva de género, en tanto el “retiro voluntario” catalogado por el magistrado no tuvo en consideración la situación de sometimiento y de violencia de que era víctima. Asimismo, argumenta que el juez al resolver cómo lo hizo omitió reconocer una compensación económica y finalmente se agravia de la imposición de las costas.

  2. Los conflictos enmarcados en el derecho de familia,

    presentan de por sí caracteres específicos que los distinguen del resto de las cuestiones que pueden llegar al ámbito jurisdiccional. Estos Fecha de firma: 27/04/2022

    Alta en sistema: 28/04/2022

    Firmado por: C.M.K., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.B.F., JUEZ DE CAMARA

    especiales caracteres, que revisten los procesos de familia, traen aparejado asimismo que el régimen de las medidas cautelares que en ellos se dispongan, se encuentre también teñido de peculiaridades que lo distinguen del régimen de las que pueden solicitarse en el ámbito de otros procesos ajenos a la materia.

    En la especie, basta remitir a las constancias de autos para vislumbrar la conflictiva existente entre las partes. En los presentes obrados, se celebró recientemente en esta instancia una audiencia a la que fueron convocadas las partes con sus respectivos letrados, a los fines de intentar un avenimiento, lo cual no ha sido posible hasta el presente, conforme fue expresado por las partes en el escrito...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR