Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 20 de Abril de 2022, expediente FPA 001827/2022/1/CA001
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ
FPA 1827/2022/1/CA1
Paraná, 20 de abril de 2022.
Y VISTOS:
Estos autos caratulados: “INC APELACIÓN EN AUTOS
PEREDA, J.E.M.C./ INSTITUTO NACIONAL DE
SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS PAMI S/
AMPARO LEY 16986”, Expte. FPA N° 1837/2022/1/CA1,
provenientes del Juzgado Federal de Gualeguaychú, y;
CONSIDERANDO:
I- Que llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado por la parte demandada en fecha 25/03/2022,
contra la resolución del 16/03/2022 que, en lo que aquí
interesa, hace lugar a la medida cautelar promovida y le ordena, que en el plazo de cuarenta y ocho (48) hora entregue al actor los medicamentos INTOCEL (Cladribina 1mg/ml) de Laboratorio Sidus o, en su defecto DRICALEUB
(Cladribina 10mg/10ml) de Laboratorio Varifarma, junto con el fármaco NEUPOGEN (Filgrastim 600mcg/ml), conforme fuera prescrito por el médico tratante.
El recurso se concede el 28/03/2022, contesta agravios la parte actora el 29/03/2022 y pasa esta causa para resolver en fecha 06/04/2022.
II-
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Que la apelante -PAMI- plantea que no hubo negativa ni rechazo de su parte, que solicitó al profesional tratante que optara por la medicación con cobertura de la obra social y que aquél insistió con su pedido.
Dice que a la parte actora no se le exige nada pero a la obra social se lo otorga un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para cumplir.
Fecha de firma: 20/04/2022
Alta en sistema: 21/04/2022
Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: M.B.T., SECRETARIA
Seguidamente, cuestiona que la medida cautelar dictada coincida con el objeto del principal y que no se hayan considerado las prestaciones oportunamente acordadas al actor.
Refiere que no se ha procedido a la entrega de la medicación porque la parte actora no completó la documentación requerida al efecto.
Concluye solicitando la revocación de la medida cautelar dictada y efectúa reserva del caso federal.
-
Que la parte actora contesta el traslado corrido y solicita que se declare desierto el recurso de su contraria. Subsidiariamente, rebate los agravios expresados y solicita que se confirme la resolución dictada.
III- Que, en primer término, cabe señalar que –a criterio de este Tribunal- los agravios expresados, aunque escuetos, resultan suficientes para su tratamiento en esta instancia y no se insertan en las...
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