Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 28 de Marzo de 2022, expediente COM 023454/2019/1
Fecha de Resolución | 28 de Marzo de 2022 |
Emisor | Camara Comercial - Sala A |
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial 23.454 / 2019 / 1
CANCELO MARCELO FABIAN C/ UNION ARGENTINA DE
TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES S/ ORDINARIO S/
INCIDENTE TRANSITORIO
Buenos Aires, 28 de marzo de 2022.-
Y VISTOS:
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El doctor A.G.V. solicitó aclaratoria respecto de los honorarios fijados en fecha 14.03.22.
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Sabido es que, de acuerdo con lo establecido por los arts. 36, inc.
6°, y 166, inc. 2, del CPCCN el Tribunal sólo se encuentra autorizado a subsanar errores materiales o conceptos oscuros y a suplir cualquier omisión en que hubiese incurrido, en todos los casos siempre que ello no importe alterar lo sustancial de la decisión.
En la especie, se pretende se aclare el pronunciamiento regulatorio dictado por esta Sala en cuanto se habría omitido indicar si el monto indicado en concepto de honorarios, por las tareas realizadas en primera instancia, incluía, o no,
la alícuota correspondiente al I.V.A.
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Atento lo solicitado, déjese constancia que, siguiendo el parámetro dispuesto por el Sr. Juez a quo en la resolución apelada, el monto de los honorarios fijados en fecha 14.03.22 no incluyen el impuesto al valor agregado, alícuota que deberá ser soportado por quien tiene a su cargo el pago de las costas (cfme. doctrina sentada en la CSJN "Compañía Gral. de Combustibles SA s/ Recurso de apelación"
del 16.6.93).
La adición de dicho tributo corresponderá previa acreditación por parte del beneficiario, de su condición de responsable inscripto frente al tributo (RG-
Fecha de firma: 28/03/2022
Alta en sistema: 29/03/2022
Firmado por: J.A.C., PROSECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: H.O.C., JUEZ DE CAMARA
DJI 3316/91:3). Ello no procederá si se trata de responsable no inscripto o adherido al régimen simplificado (monotributo: Ley 24977).
En consecuencia, corresponde aclarar la referida resolución de la Sala en los términos señalados supra.
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En función de lo dicho, se
RESUELVE:
hacer lugar a la aclaratoria peticionada, con el...
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