Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 29 de Marzo de 2022, expediente CIV 018025/2020/1/CA001

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2022
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G

Incidente Nº 1 - ACTOR: M., J.

  1. DEMANDADO: T., N. A.

    s/ART. 250 C.P.C - INCIDENTE FAMILIA

    Juzgado n° 86 Sala G Expte. n° 18025/2020/1/CA1

    Buenos Aires, marzo de 2022.- IB

    VISTOS

    Y CONSIDERANDO:

  2. Vienen digitalmente estos autos a conocimiento de la sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por el demandado contra la resolución de fs. 5/6 (16 de abril de 2021) en cuanto dispuso el aumento de la cuota alimentaria provisoria fijada oportunamente a su cargo y a favor de sus hijos, C. U. y U. T. T. M. (de 11 y 9 años,

    nacidos el 4/6/2010 y el 6/6/2012 respectivamente), a la suma mensual de $ 42.000, decisión que fue consentida por el Defensor de Menores de la anterior instancia.

    En el memorial de fs. 26/28 el accionado solicita la disminución de la cuota provisoria fijada. Afirma que sus hijos viven en casa de la abuela materna sin pagar alquiler, servicios, impuestos ni expensas, que concurren a un colegio público y que no realizan tareas extracurriculares o deportivas. Relata que luego de la separación se comprometió a abonar el alquiler de la vivienda de sus hijos por dos años, tiempo suficiente para que la madre desarrolle una actividad económica y aporte al sostenimiento. Explica que es empleado, que vive en un PH y que posee un automóvil del año 2008. Se agravia por cuanto –dice- no se han tenido en cuenta sus gastos.

    En su contestación de fs. 36/40 la actora manifiesta que el hecho de que ella y sus hijos vivan en casa de la abuela materna no libera al padre de contribuir con los gastos habitacionales. Explica que los gastos de sus hijos son la comida, la vestimenta, el aseo, el servicio de internet y teléfono celular, cooperadora del colegio,

    materiales escolares, regalos de cumpleaños de los compañeros,

    Fecha de firma: 29/03/2022

    Firmado por: C.A.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.C.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.M.P.O., JUEZ DE CAMARA

    colaciones y los gastos médicos, en especial la medicación para el asma de U.. Resalta que la cuota ha sido elevada solamente en siete mil pesos dado que la anterior cuota consistía en el pago del alquiler de la vivienda ($25.000) y $ 10.000 en efectivo y que el aumento no es conteste con el nivel inflacionario registrado en el país. Agrega que el demandado es propietario de dos inmuebles en esta ciudad y de uno en la localidad de D.V.. Destaca que el cuidado personal de los niños se encuentra casi...

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