Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, 17 de Febrero de 2022, expediente FBB 000032/2022/1

Fecha de Resolución17 de Febrero de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA

Poder Judicial de la Nación Expte. N° FBB 32/2022/1/CA1 – Sala II – Sec. 1

Bahía Blanca, 17 de febrero de 2022.

VISTO: Este expediente N° FBB 32/2022/1/CA1, caratulado: “Inc. de medida

cautelar… en autos: ‘EHRICH, A.A.c. s/Amparo ley

16.986’”, venido del Juzgado Federal N° 2 de la sede, puesto al Acuerdo para resolver

el recurso de apelación interpuesto a fs. 35/37, contra la sentencia de fs. 29/31, según

constancias del SGJ LEX 100.

El señor Juez de Cámara, doctor L.S.P., dijo:

1ro.) El Sr. Juez de grado rechazó la medida cautelar solicitada

por A.A.E., por la que pretende que se le ordene a la obra social

demandada (OSMATA) la cobertura al 100% de una cirugía consistente en

ureteroscopia flexible y litotricia LASER HOLMIUM y los siguientes materiales:

Guía de Hi Wire (Boston Scientific) de 0.035” 150cm; Fibra Laser Holmium 325 Um.

para generador Quanta System; U. flexible digital de un solo uso Litho

Vue; Catéter Ureteral Open End; Navigator (Ureteral Access Sheat); Dilatación con

Uromax Ultra; Canastilla de Dormia, D., conforme a lo indicado por su médico

tratante.

Para ello, consideró que sin perjuicio de que se encuentra

acreditada la verosimilitud en el derecho, existe divergencia entre la cirugía indicada

por su médico tratante y la ofrecida por la obra social demandada, y no obran

constancias en autos de que esta última haya sido rechazada en forma expresa por el

galeno, por lo cual, la dilucidación de la presente y la provisión de los insumos

requeridos permiten un margen de estudio para poder decidir.

Además, sostuvo que no se advierte prima facie que con ello

pueda quedar desnaturalizada o ser tardía la solución, en caso de ser favorable al actor,

atento al trámite expedito que tiene este tipo de procesos; y tuvo especialmente en

cuenta que lo solicitado como cautelar coincide con la cuestión de fondo.

2do.) El abogado del actor se presentó, en calidad de gestor, y

acompañó nuevos informes médicos y apeló la sentencia, por entender que con dicha

documentación se satisface el principal fundamento expuesto por VS para no hacer

lugar a la medida cautelar peticionada en el escrito inicial, esto es, la supuesta ausencia

de constancias médicas que acrediten el rechazo del médico tratante de la cirugía, dado

Fecha de firma: 17/02/2022

Firmado por: N.A.Y., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: P.E.L., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.S.P., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación Expte. N° FBB 32/2022/1/CA1 – Sala II – Sec. 1

que surge de manera expresa, clara, contundente y reiterada el rechazo absoluto de la

cirugía ofrecida por OSMATA.

Además sostuvo que atento a los nuevos elementos aportados,

no cabe duda alguna acerca de la procedencia de la medida cautelar requerida,

encontrándose configurados los requisitos para su otorgamiento, esto es verosimilitud

en el derecho y peligro en la demora, siendo realmente apremiante la situación de

salud del actor.

3ro.) Conferida la intervención que por ley le corresponde, al Sr.

Fiscal General subrogante, presentó su dictamen en el que se pronunció a favor

de hacer lugar al recurso de apelación y, por ende, conceder la medida cautelar

USO OFICIAL

solicitada (cf. fs. 44/47).

4to.) De las constancias obrantes en el presente incidente surge

que el caso trata de un hombre de 50 años, afiliado a OSMATA, quien en virtud de

una fuerte dolencia en el riñón izquierdo, debió concurrir en diferentes oportunidades

(31/12/2021 y 1 y 2/1/2022) al servicio de emergencia del Hospital Municipal de

Agudos, Dr. R.C. de C.. S. (donde él reside) para recibir atención

médica. Dolor que no cesaba con medicación.

De la tomografía computada de abdomen con contraste se pudo

detectar la presencia de un lito de 5 mm alojado en la unión del tercio medio con el

distal del uréter homólogo, que produce hidronefrosis.

El 6/1/2022 realizó una consulta...

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