Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 8 de Febrero de 2022, expediente FMZ 009023/2021/1/CA001
Fecha de Resolución | 8 de Febrero de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A
9023/2021
Incidente Nº 1 ACTOR: MARCANTONIO, CESAR DAMIAN EDUARDO
DEMANDADO: ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA DE
LA NACION FAA s/INC APELACION
Mendoza de febrero de 2022
VISTOS:
Los presentes autos FMZ 9023/2021/1/CA, caratulados “INC.
APELACION DE MARCANTONIO, C.D.E.
ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA DE LA NACION
FAA s/INC APELACION”, venidos del Juzgado Federal de V.M.
a esta Sala “A” en virtud del recurso de apelación de fecha 14/09/21 contra la
resolución del día 13/09/21 que dispuso: “I. HACER LUGAR a la medida
cautelar solicitada por la parte actora, y, en consecuencia, ordenar al Estado
Nacional Ministerio de Defensa de la Nación FAA, restablecer
preventivamente las condiciones de trabajo del Sr. Cesar Damián Eduardo
Marcantonio, DNI n° 30.407.303 modificadas en la ORG 31/21,
reincorporándolo a sus cargos (Asesor de Jefatura y J. de División de
Personal Civil) y al efectivo ejercicio de sus funciones, según lo autorizado
por Decreto 214/06 CCTG, Decreto 2539/15 CCTS, Ley 23.551, Actas de la
Fuerza Aérea Argentina de fechas: 16 junio de 2010 y 18 de noviembre de
2014 y demás normas concordantes). II. ORDENAR a la demandada el cese
inmediato de cualquier conducta antisindical en contra del Sr. Cesar Damián
Eduardo Marcantonio, DNI n° 30.407.303 en su condición de S.
Gremial de la Unión de Personal Civil de las Fuerzas Armadas (UPECIFA)
por el período correspondiente al 01 DIC 19 al 01 DIC 23…”.
Y CONSIDERANDO:
1) La causa inicia con la interposición de acción sumarísima
deducida por Cesar Marcantonio, en los términos de los artículos 47, 48 y 52
de la ley 23.551, para que se ordene el restablecimiento de las condiciones de
trabajo y el inmediato cese de conducta antisindical en contra de la Fuerza
Fecha de firma: 08/02/2022
Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: A.R.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: R.H.M., SECRETARIO DE CAMARA
Aérea Argentina. El actor es miembro de la Comisión Directiva de PE.CI.FA
Nacional (Personal Civil Fuerzas Armadas), organización sindical con
personería gremial.
Asimismo, solicita como medida cautelar el restablecimiento
preventivo de sus condiciones de trabajo.
Afirma que se desempeña como asesor de la Jefatura de la V
Brigada Aérea y como J. de la Sección Personal Civil. En ese marco, en el
mes de octubre de 2020 recibió el Volante 15/20 de la Jefatura de Brigada.
Allí se lo convoca a prestar servicios presenciales a determinado personal
civil. En ejercicio de sus funciones como jefe de división de personal y ante la
ilegalidad del reclamo que exigía que agentes exceptuados prestaran servicios
presenciales, comunico a la Jefatura la imposibilidad de acceder a lo
solicitado.
Estima que esa situación sumada a otras de similares
características impactó de lleno en la relación laboral con los superiores
jerárquicos y la misma se vio seriamente afectada. Así, concluye que, su
actuación en defensa de los derechos de los agentes civiles desde su doble rol
de sindicalista y jefe de la división de personal no fue tolerada por la
empleadora quien comenzó a desarrollar una clara conducta persecutoria y
antisindical. Ese accionar terminaría de perfeccionarse con la decisión del 16
de abril de 2021, en donde la empleadora dictó la Orden Reservada de
Guarnición 31/21 de Distribución de Cargos del Personal Militar y Civil de la
V Brigada Aérea y de la Guarnición Aérea V.M..
En dicho dispositivo se advierte la modificación en los cargos
detentados hasta esa fecha, los que ahora figuran de la siguiente manera: 1)
JEFATURA DE BRIGADA Asesor supervisor: Cargo Reservado hasta tanto
el titular finalice su licencia para el cumplimiento de funciones gremiales EX
202116731620APNDAP#FAA; 2) DIVISION PERSONAL Sección
Personal Civil J.: Cap. D.L.D.M. (e. Gen. 101.801)
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