Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL, 1 de Octubre de 2021, expediente FRO 002027/2021/1/CA001

Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

Visto, en Acuerdo de la Sala “A” integrada, el expediente N° FRO 2027/2021/1/CA1, caratulado INC DE

APELACIÓN en “COLEGIO DE ABOGADOS DE ROSARIO c/ ANSES s/

AMPARO COLECTIVO” (del Juzgado Federal nro. 2 de la ciudad de Rosario, Secretaría “A”) del que resulta que,

  1. - Vinieron los autos a esta Alzada en virtud del recurso de revocatoria in extremis interpuesto por la demandada contra el Acuerdo de esta Sala del 31 de agosto de 2021 que confirmó parcialmente la resolución del 27 de abril de 2021 que hizo lugar a la medida cautelar solicitada por el Colegio de Abogados de la Segunda Circunscripción (Rosario).

  2. - El recurrente efectuó consideraciones sobre la procedencia del recurso interpuesto y concluyó al respecto que el remedio intentado resultaba la vía apta para “no convalidar vicios que no se sustentan en la verdad jurídica procedimental objetiva”, y permiten al juzgador, sin mengua del derecho de las partes, volver sobre sus pasos y reordenar el procedimiento, revocando las decisiones tomadas fuera de proceso, a fin de no convalidar un atentado al procedimiento.

    Aclaró que, dada la arbitrariedad manifiesta que estimó del fallo, interpondrá el correspondiente Recurso extraordinario,

    en tanto consideró que el fallo dictado se apoyó en errores materiales, en hechos y apreciaciones falsas apartadas de la realidad objetiva.

    Describió los aspectos que consideró erróneos del fallo atacado. Aludió a la parte de la sentencia que refirió

    a un supuesto “incumplimiento laboral” y de “privilegios” en la vacunación, respecto al personal del Organismo demandado,

    haciendo a su entender, una incorrecta valoración de la probanza reunida en autos con posterioridad a la sentencia que confirmó. Refirió a que el personal de ANSeS dio cumplimiento a sus labores en la forma y modalidad indicadas Fecha de firma: 01/10/2021

    Alta en sistema: 04/10/2021 por el Poder Ejecutivo Nacional a través de los distintos DNU

    Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA

    Firmado por: E.P., SECRETARIA DE CÁMARA

    Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

    dictados espontáneamente a raíz de la evolución de la pandemia covid19. Acompañó capturas de pantallas del expediente digital, más precisamente de la audiencia celebrada en el mes de julio de 2021.

    En cuanto al “privilegio” en la inoculación del coronavirus/covid19, expuso que la...

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