Sentencia de CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA CIVIL, 14 de Diciembre de 2021, expediente FCR 031001826/2009/1/CA001

Fecha14 Diciembre 2021
Número de expedienteFCR 031001826/2009/1/CA001
Número de registro138545

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia Expte. N°: FCR 31001826/2009

Comodoro Rivadavia, 14 de diciembre de 2021.-

Estos autos caratulados “Incidente Nº

1 - ACTOR: RODRIGUEZ, J.L. DEMANDADO: ESTADO NACIONAL

- MINISTERIO DE DEFENSA - ARMADA ARGENTINA - I.A.F. s/INC

APELACION”, en trámite ante esta Alzada bajo el Nº31001826/2009, provenientes del Juzgado Federal de Río Gallegos.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que vienen estos autos a conocimiento del Tribunal para el tratamiento del recurso de apelación deducido en subsidio de la revocatoria intentada contra el auto de fecha 12 de octubre de 2021, en virtud del cual el señor Juez Federal de Río Gallegos, no hizo lugar a la expedición del testimonio por la deuda determinada en favor de la parte actora, considerando para ello que la demandada fue notificada mediante oficio de fecha 30/07/2020 de la deuda por capital, razón por la cual, la misma debe ser abonada en el presupuesto actualmente en ejecución.

    En respuesta de la reposición intentada, el a quo reafirmó su postura mediante providencia de fecha 18/10/21, señalando que el Máximo Tribunal de la Nación se ha expedido sobre el particular,

    destacando que el Estado Nacional tiene la obligación de cancelar las condenas judiciales una vez transcurridos los plazos pertinentes, pero no ni bien hubiera comenzado el ejercicio presupuestario.

    Concedió seguidamente la apelación subsidiaria, elevando el incidente formado en consecuencia a esta Alzada, las que ni bien quedaron radicadas, fueron puestas al Acuerdo del Tribunal.

  2. Que para resolver la cuestión traída a conocimiento, recurriremos a los mismos conceptos vertidos por la CSJN en el Fallo al que remite el sentenciante de grado: "Recurso de hecho in re: C.,

    G.A. -inc. ejec. sent. - y otros c/ EN – M.

    Defensa - Ejército - dto. 1104/05 1053/08 s/ proceso de ejecución", en el que comenzó el Máximo Tribunal recordando la inveterada doctrina, según la cual “…el carácter meramente declarativo de las sentencias contra la Nación Fecha de firma: 14/12/2021

    Alta en sistema: 27/12/2021

    Firmado por: J. LEAL DE IBARRA, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: ALDO E SUAREZ, JUEZ DE CAMARA

    -establecido en el art. 7° de la ley 3952-, tiende a evitar que la administración pueda verse colocada, por efecto de un mandato judicial perentorio, en situación de no poder satisfacer el requerimiento judicial por no tener fondos previstos en el presupuesto para tal fin...

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