Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - CAMARA CIVIL - SALA FERIA, 5 de Enero de 2022, expediente CIV 047204/2021/1/CA001

Fecha de Resolución 5 de Enero de 2022
EmisorCAMARA CIVIL - SALA FERIA

Poder Judicial de la Nación S. de Feria 47204/2021

Incidente Nº 1 - ACTOR: R., L.P. DEMANDADO: T., G.

  1. s/ ART.

    250 C.P.C. - INCIDENTE CIVIL

    Buenos Aires, de enero de 2022.- LF

    AUTOS Y VISTOS:

  2. Llegan las presentes actuaciones a este Tribunal de Feria con motivo de la presentación efectuada el día 5 de enero de 2022 por la que la parte actora solicitó que se disponga la habilitación de feria y que se traten los recursos de apelación interpuestos con fecha 9 de noviembre de 2021 y 30 de noviembre de 2021, contra el pronunciamiento dictado en la instancia de grado el pasado 1° de noviembre de 2021.

    Funda su petición en la naturaleza alimentaria de la cuestión a resolver.

  3. A los fines de resolver la solicitud, cabe poner de resalto que, según se ha sostenido reiteradamente, las razones de urgencia que determinan la habilitación de la feria judicial son aquéllas que entrañan para los litigantes riesgo serio e inminente de ver alterados sus derechos para cuya tutela se requiere protección jurisdiccional. Por lo tanto, la intervención de los tribunales de feria,

    tiende, en principio, a asegurar únicamente el futuro ejercicio de un derecho o el cumplimiento de medidas ya decretadas, motivo por el cual, para que proceda aquella habilitación, deben concurrir estrictamente los supuestos contemplados por el art. 153 del Código Procesal que, como se sabe, son de excepción (Conf. C., S. de Feria, “Suraires SA y otro c/ José Cartellone Construcciones Civiles SA s/ preparación de la vía ejecutiva” (Expte. 51623/2020), del 20 de julio de 2021; íd.- “M.,

    V.c.C., G.L. s/ incidente de familia” del 31/7/2015, y sus citas, entre muchos otros. En igual sentido: Palacio,

    Fecha de firma: 05/01/2022

    Firmado por: G.A.I., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: S.P.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.E.F., SECRETARIA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación S. de Feria Lino E., Derecho Procesal Civil, 3ra. Edición, cuarta reimpresión,

    Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1992, t. IV, pág. 65 y ss.; F.,

    S.C.Y.C.D., Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y demás normas procesales vigentes. Comentado y anotado y concordado, 3ra. Edición actualizada y ampliada. B.A.,

    Astrea 1988. T, 1, págs. 743 y ss.; Highton, E.I., Beatriz A.

    (dirección), Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

    Concordado con los códigos provinciales. Análisis doctrinal y jurisprudencial, 1ra. Ed., Buenos Aires, H., 2005, v. 1, págs.

    304...

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