Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 29 de Junio de 2021, expediente CNT 025840/2016/1/CA002

Fecha de Resolución29 de Junio de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

Causa Nº 25840/2016 Incidente Nº 1 - ACTOR: PENA EDGARDO SERGIO Y OTRO

DEMANDADO: EL CONDOR EMRESA DE TRANSPORTE S.A. s/INCIDENTE

Buenos Aires, 28 de junio de 2021

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la parte demandada a fs.6 del presente incidente por estimar elevados los honorarios regulados al perito interventor recaudador en la resolución de fecha 9/8/2020.

Y CONSIDERANDO:

Que, analizadas las constancias de autos, cabe destacar que,

atendiendo a la importancia, complejidad, extensión, mérito,

calidad de las tareas llevadas a cabo, lo normado por el art. 38

de la L.O., decreto ley 16.638/57 y por el art. 32 inc. b) la ley 27.423, los honorarios regulados al perito interventor recaudador no lucen elevados, razón por la cual corresponde que sean confirmados en cuanto fueron objeto de recurso.

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Confirmar los honorarios regulados al perito interventor recaudador. 2) H. saber a las partes y peritos que rige lo dispuesto por la Ley 26.685 y Ac.

C.S.J.N N.. 38/13. 11/14 y N.. 3/15 a los fines de notificaciones, traslados y presentaciones que se efectúen.

R., notifíquese y oportunamente devuélvase.

M.S.F.A.E.B.J. de Cámara Juez de Cámara Ante mí:

R.S.

Fecha de firma: 29/06/2021

Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX

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