Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 14 de Abril de 2021, expediente CCF 008110/2020/1/CA001

Fecha de Resolución14 de Abril de 2021
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I

CCF 8110/2020/1/CA1 -I- “A., J.M. C/ OSDE S/ AMPARO DE

SALUD S/ INCIDENTE DE APELACIÓN”

Juzgado N° 3

Secretaría N° 6

Buenos Aires, de abril de 2021.

Y VISTO:

El recurso de apelación interpuesto y fundado por el actor,

contestado por OSDE, contra la denegatoria de la medida cautelar decidida el 23.12.2020; y CONSIDERANDO:

  1. El magistrado rechazó la medida cautelar solicitada. Para así decidir, tuvo en cuenta que “…se trata de una cuestión económica que se circunscribe al porcentaje del costo de la medicación que la demandada debe cubrirle (…) por lo que (…) resulta insuficiente la documental aportada para demostrar la arbitrariedad o ilegalidad de la demandada…”. “Asimismo, teniendo en cuenta que el amparista no ha denunciado la falta de cobertura de prestaciones de salud, ni la imposibilidad de pagar el porcentaje discutido, cuadra afirmar que la atención médica no se halla cercenada o disminuida arbitrariamente,

    entendiéndose que tampoco se encuentra configurado el presupuesto del peligro en la demora”.

  2. El actor sostiene que es equivocado afirmar que la cuestión se circunscribe a una cuestión económica, por cuanto no recibir la cobertura integral de la medicación reclamada implica una denegatoria del tratamiento que necesita y, por lo tanto, del acceso a la salud. Agrega que el peligro en la demora se encuentra presente, toda vez que al no contar con la medicación aumentan sus posibilidades de contraer una infección incurable. Destaca que el J. no tuvo en cuenta toda la legislación aplicable que prevé la cobertura integral para la prevención,

    diagnóstico y tratamiento del H

    IV. Puntualmente, cita las leyes 23.798,

    24.445 y 25.673 y los decretos 1282/2003 y 310/2004. Enfatiza en que Fecha de firma: 14/04/2021

    Alta en sistema: 16/04/2021

    Firmado por: A.S.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    se encuentra en juego su derecho a la salud, de rango constitucional y,

    finalmente, solicita que se revoque la decisión.

  3. En el caso concreto de autos, se debe señalar que el actor relata que es portador del virus de inmunodeficiencia humana (VIH) y que, en el marco de un tratamiento de prevención de profilaxis preexposición (PrEP), su médico infectólogo le prescribió la medicación objeto de estos autos. Explica que el tratamiento mencionado consiste en la ingesta de Emtricitabina y Tenofovir en forma diaria como medida preventiva...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR