Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1, 16 de Marzo de 2021, expediente FSM 109260/2019/1

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I

Causa N° FSM 109260/2019/1, “Incidente Nº 1 -

ACTOR: Z.S.E. EN

CARACTER, DE CURADOR DEFINITIVO DE

M.S.Z s/INC HONORARIOS” – Juzgado Federal de Campana, Secretaria Civil Nº 2 - CFASM,

SALA I, SEC. CIVIL N° I - INTERLOCUTORIO

M., 16 de marzo de 2021.

Por recibido digitalmente el escrito de fecha 1º/3/2020.

AUTOS Y VISTOS:

Es menester destacar que las resoluciones de esta Alzada no son susceptibles de ser atacadas por vía de reposición, salvo las providencias de trámite suscriptas por el presidente (Arts. 238 y 273 del CPCC).

Sin perjuicio de que, como ya lo ha expresado el Alto Tribunal en relación a sus propias decisiones,

existen supuestos en los que, por haberse incurrido en situaciones serias e inequívocas, que demuestren con nitidez manifiesta el error que se pretende subsanar,

cabe hacer una excepción a la regla enunciada precedentemente (Fallos: 315:1431; 318:2329; 321:426;

325:675, 3296, 3380; 309:6030; 326:989).

Más ello no se configura en autos, pues en el pronunciamiento en crisis no se ha incurrido en un manifiesto o esencial error en la apreciación de las circunstancias que rodean el caso y ha sido fundado.

Por último, de las constancias digitales de autos se desprende que el juez de grado concedió en ambos efectos el recurso interpuesto contra la sentencia -en los términos del Art. 15 de la Ley 16.986-, sin ordenar correr traslado alguno.

1

Fecha de firma: 16/03/2021

Alta en sistema: 17/03/2021

Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.A., SECRETARIO DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I

Causa N° FSM 109260/2019/1, “Incidente Nº 1 -

ACTOR: Z.S.E. EN

CARACTER, DE CURADOR DEFINITIVO DE

M.S.Z s/INC HONORARIOS” – Juzgado Federal de Campana, Secretaria Civil Nº 2 - CFASM,

SALA I, SEC. CIVIL N° I - INTERLOCUTORIO

Por otro lado, y contrariamente con lo afirmado por el Dr. Zambrano respecto del escrito de fecha 17/12/2020 y tal como fue fundado en el punto II

del resolutorio recurrido, los autos que fijan honorarios -en principio- no contienen imposición de costas, razón por la cual no debía prosperar su pretensión regulatoria.

En consecuencia, corresponde rechazar el recurso de revocatoria “in extremis” impetrado, por improcedente (Doc. Art. 239 Ib.). ASÍ SE

RESUELVE:

.

R., notifíquese y devuélvase.

J.P.S...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR