Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1, 16 de Abril de 2020, expediente FSM 009143/2020/1/CA001

Fecha de Resolución16 de Abril de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I

Causa N° FSM 9143/2020/1/CA1, “Incidente Nº

1 - ACTOR: LARA SIMEON MARCELO Y

MURUGA MARTA INES EN REP, DE SUS

HIJOS MENORES M.A Y J.R.M DEMANDADO:

OBRA SOCIAL DE FOTOGRAFOS Y

FOTOCOPISTAS (OSFOT) s/INC APELACION”

– Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1 de San M.,

Secretaria Nº 3 - CFASM, SALA I, SEC. CIVIL

N° I - INTERLOCUTORIO

M., 16 de abril de 2020.

Y VISTOS: CONSIDERANDO:

  1. Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la providencia del 1/4/2020, en la que el Sr. juez “a-quo” rechazó la petición de la obra social en punto a la suspensión de los plazos procesales hasta que se determinara el juzgado de turno actuante y se le notificara de dicha circunstancia en forma fehaciente en el domicilio constituido.

  2. Se agravió la recurrente, afirmando que lo resuelto por el juez de grado en el pronunciamiento en crisis, contradecía toda regla de interpretación jurídica y perjudicaba gravemente el derecho de defensa de su parte, ya que prácticamente la colocaba en estado de indefensión.

    Expuso que en la providencia cuestionada se hizo mérito de la medida cautelar resuelta el 16/3/2020, donde se ordenó a la obra social la provisión de la medicación requerida, acto procesal que había sido anterior a la Acordada N° 4/20 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación -que decretó la inhabilidad de los plazos judiciales a partir del 16/3/2020, sin dictar feria judicial-.

    1

    Fecha de firma: 16/04/2020

    Firmado por: G.A., SECRETARIO DE CÁMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CÁMARA

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I

    Causa N° FSM 9143/2020/1/CA1, “Incidente Nº

    1 - ACTOR: LARA SIMEON MARCELO Y

    MURUGA MARTA INES EN REP, DE SUS

    HIJOS MENORES M.A Y J.R.M DEMANDADO:

    OBRA SOCIAL DE FOTOGRAFOS Y

    FOTOCOPISTAS (OSFOT) s/INC APELACION”

    – Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1 de San M.,

    Secretaria Nº 3 - CFASM, SALA I, SEC. CIVIL

    N° I - INTERLOCUTORIO

    Agregó que el magistrado de la anterior instancia dispuso, el 18/3/2020, habilitar días y horas inhábiles -conforme Ac. CSJN 4/20 y Art. 153 del CPCC-, entendiendo el apelante que tal decisión no fue hecha el marco de la posterior Ac. CSJN 6/20, que fue dictada el mismo día en que tuvo lugar la notificación de la medida cautelar y de la acción de amparo.

    Así, se quejó respecto a la afirmación del “iudex a quo” en torno a que, de acuerdo a lo que dispuso esta Alzada, el juzgado continuó en funciones,

    pretendiéndose con ello fundar la continuidad del procedimiento sin necesidad de una nueva habilitación.

    Manifestó que ello resultaba contrario a toda lógica,

    ya que la resolución del 18/3/2020 no pudo tener la virtualidad de habilitar una feria que no había sido decretada y que pretender la aplicación ultraactiva y/o premonitoria de dicha providencia contrariaba todo razonamiento lógico.

    En tales términos, alegó que la habilitación dictada oportunamente en primera instancia, no podía surtir efecto respecto de una norma emanada posteriormente del máximo Tribunal, resultando válida,

    a su criterio, sólo la habilitación respecto a la Acordada 4/20 pero no respecto a la 6/20.

    2

    Fecha de firma: 16/04/2020

    Firmado por: G.A., SECRETARIO DE CÁMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CÁMARA

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I

    Causa N° FSM 9143/2020/1/CA1, “Incidente Nº

    1 - ACTOR: LARA SIMEON MARCELO Y

    MURUGA MARTA INES EN REP, DE SUS

    HIJOS MENORES M.A Y J.R.M DEMANDADO:

    OBRA SOCIAL DE FOTOGRAFOS Y

    FOTOCOPISTAS (OSFOT) s/INC APELACION”

    – Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1 de San M.,

    Secretaria Nº 3 - CFASM, SALA I, SEC. CIVIL

    N° I - INTERLOCUTORIO

    Por otra parte, expresó que no se advertía qué quiso decir el juez con aquello de que “la demandada y su representación letrada debieron arbitrar los medios necesarios a fin de superar los inconvenientes que podrían derivar del aislamiento social y obligatorio”, señalando si acaso debió su mandante –llámense sus directivos, empleados y/o...

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