Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala K, 28 de Febrero de 2020, expediente CIV 061423/2019/1/CA001

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2020
EmisorCamara Civil - Sala K

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K

61423/2019

Incidente Nº 1 - ACTOR: F.,

V.E.D.B., G. s/ MEDIDAS

PRECAUTORIAS ART. 722 CCCN - FAMILIA

Buenos Aires, 28 de febrero de 2020.- JAL

AUTOS Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Contra el pronunciamiento de fs. 21 la actora interpone recurso de revocatoria con apelación en subsidio. Desestimado el primero corresponde dar tratamiento a los agravios que obran a fs. 22/24.

    A raíz de la petición de fs. 1/2, la Sra. Juez de grado dispuso en los términos del art. 722 del Código Civil y Comercial de la Nación, ordenar la realización de un inventario de los bienes y valores depositados en las cajas de seguridad en el B.

    1. (F. ---, C.) y en el B.H. (P. ---, C.) siempre que sean de titularidad del demandado.

    De acuerdo al acta de constatación de fs. 11/12, en la primera entidad proceden a la apertura de la caja individualizada con el número -, compartimento - y realizan el inventario del contenido (u$s 500, una lapicera y un chequera) procediendo a cerrarla y cambiar la cerradura entregando las llaves al Oficial de Justicia; luego, en el B.H., el Gerente de la sucursal informa que el demandado dio de baja su caja de seguridad identificada con el número --- (con un formulario de solicitud de baja del servicio con el membrete de H. del -/-/----) haciendo un cambio de titularidad de la misma, no existiendo, por ende, ninguna caja de seguridad a nombre del accionado y no informando acerca de quien tiene la titularidad de aquélla a partir del día de la baja.

    Frente al resultado de las medidas dispuestas, la accionante solicita que se amplíe la medida cautelar dictada a fs. 3/4 realizándose un inventario sobre los bienes contenidos en la o las cajas de seguridad de la empresa H. (P.---, C.) en las que el demandado eventualmente se encuentre como titular y/o autorizado. La Sra.

    Juez de grado desestimó la petición con fundamento en que como el accionado dio de baja su caja de seguridad haciendo un cambio de titularidad y se dio a entender que,

    en la actualidad, no existe una a nombre del requerido, lo peticionado excedía el ámbito del presente proceso sin perjuicio de las acciones que pudiera realizar la actora por la vía y forma correspondiente. Dicha resolución fue objeto del recurso de apelación cuyos fundamentos aquí se tratarán.

    Considera la apelante que el demandado habría vaciado el contenido de la caja de seguridad del B. P. (utilizada en la vida en común) para destinar lo que allí

    Fecha de firma...

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