Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 29 de Noviembre de 2019, expediente CIV 019744/2016/1/CA001

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2019
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G Incidente Nº 1 - ACTOR: M., N. A. s/ART. 250 C.P.C -

INCIDENTE FAMILIA J. 23 SALA G Expte. n° 19744/2016/1/CA1 Buenos Aires, de noviembre de 2019.- IB VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I.- Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto en subsidio por el Sr.

Defensor Público Tutor contra la resolución que obra en copia a fs. 2 -mantenida a fs. 3-, en cuanto la Juez de grado decretó la prohibición de innovar en el alojamiento de N.A.M. en el Hogar La Casona de los Barriletes por el plazo de un año e hizo saber a la Defensoría Zonal interviniente que antes de su vencimiento deberá informar acerca de las medidas adoptadas en resguardo del niño y estrategias a seguir (conf. memorial de fs. 3 - en copia-).

La cuestión se integra con el dictamen de la Sra.

Defensora de Menores e Incapaces de Cámara de fs. 16/17, quien propicia la confirmación de la decisión apelada.

II.- De la compulsa de las actuaciones principales - a la vista- se desprende que el niño en cuyo interés se llevan adelante tiene 13 años de edad (nació el 4 de mayo de 2006 - ver fs. 34). Fueron iniciadas a instancia de la Defensoría Zonal Comuna nro. 11, en virtud de una denuncia formulada por el Hospital General de Agudos “Dalmacio Vélez Sarfield” luego de que falleciera la madre del niño, la Sra. E.J. de A.. Los profesionales de la Defensoría Zonal tomaron contacto con familiares maternos quienes no evidenciaron intenciones de asumir los cuidados de N.. Luego, lograron contactar al padre de joven, el Sr. M.M., quien inició la convivencia con su hijo. Con el correr del tiempo se observaron serias dificultades del progenitor para asumir las responsabilidades parentales, denotando además un visible Fecha de firma: 29/11/2019 Alta en sistema: 17/12/2019 Firmado por: C.A.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.M.P.O., JUEZ DE CAMARA #34011490#250387002#20191129115456980 deterioro físico y psíquico con signos de consumo problemático de alcohol y sustancias psicoactivas (cfr. fs. 1/2).

A partir de las condiciones reseñadas, con fecha 15 de marzo de 2016 la autoridad administrativa adoptó una medida de protección excepcional en los términos del art. 39 y cctes. de la ley 26.061, disponiendo el alojamiento del menor en un hogar convivencial por el plazo de 90 días (fs. 2). A fs. 9/10 se informó el ingreso del niño en La Casona de los Barriletes. A fs. 81 el juez de grado declaró la legalidad de la medida.

A fs. 108, el 25 de noviembre...

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