Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 22 de Octubre de 2019, expediente CAF 055384/2019/1/CA001
Fecha de Resolución | 22 de Octubre de 2019 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 55384/2019 Incidente Nº 1 - ACTOR: SILA ARGENTINA SA DEMANDADO:
FISCO NACIONAL (AFIP-DGA) s/BENEF. DE LITIGAR S/G Buenos Aires, 22 de octubre de 2019.
VISTO: El recurso de apelación interpuesto a fs. 21/22vta.; y CONSIDERANDO:
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) Que, a fs. 15/vta., el Tribunal Fiscal de la Nación denegó el beneficio de litigar sin gastos solicitado por la parte actora, sin pronunciarse sobre las costas del incidente.
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) Que, a fs. 21/22vta., el Fisco Nacional pidió que se aclarase esa cuestión e interpuso recurso de apelación en subsidio.
Sostuvo que el silencio en la imposición de costas podía ser interpretado como un apartamiento del principio general de la derrota; lo que consideró injustificado en el caso de autos.
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) Que, a fs. 23/vta., el tribunal de origen desestimó la aclaratoria solicitada porque, a su entender, no existían conceptos oscuros, errores materiales, ni omisiones en su pronunciamiento. En particular, destacó que “la imposición de costas, será tratad[a] por este Tribunal en el momento de resolver la cuestión de fondo planteada en el expediente principal” (v. consid. III). Acto seguido, concedió
el recurso de apelación en subsidio; que no fue replicado (v. fs. 31).
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) Que el tribunal de alzada, como juez del recurso, tiene la facultad de revisarlo de oficio o a petición de parte, tanto en cuanto a su procedencia como a la forma en que ha sido concedido, inclusive respecto de la extensión y el alcance de lo apelado (conf. esta S., causa “Arrosio", sent. del 30/9/93).
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) Que, como surge del relato, la representación del Fisco dedujo “recurso de apelación en subsidio” en el mismo escrito en que solicitó la aclaración del pronunciamiento de fs. 15/vta. y, por ende, se dirigió contra una decisión que por hipótesis desestimaría su requerimiento de imposición de costas a la incidentista.
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) Que, el...
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