Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 8 de Octubre de 2019, expediente CIV 050424/2018/1

Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2019
EmisorCamara Civil - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A 50424/2018 Incidente Nº 1 - ACTOR: GIARDINA PAPA, C. DEMANDADO: LEGUIZAMON, MAXIMILIANO Y OTRO s/REDARGUCION DE FALSEDAD Buenos Aires, de octubre de 2019.- PM AUTOS Y VISTOS:

A fin de valorar los trabajos realizados en autos por la beneficiaria de la regulación apelada, la ley 27.423 instituyó la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) para cuantificar los honorarios profesionales de los abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia.-

Así las cosas, en consonancia con los términos de la acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación N° 20/19, de conformidad con lo establecido por los artículos 1,16,19,20,21 y 29 de la ley arancelaria corresponde modificar la regulación de fs. 51 y se fijan los honorarios de la letrada patrocinante de la codemandada, Dra. A.G. en 2,83 UMA –PESOS SEIS MIL OCHOCIENTOS...

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