Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 28 de Agosto de 2019, expediente FMZ 030740/2017/1/CA001

Fecha de Resolución28 de Agosto de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A 30740/2017 Incidente Nº 1 - ACTOR: DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD.- DEMANDADO: ORDOÑEZ, C.J.A.s.A.M., 28 de agosto de 2019.

VISTOS:

Los autos Nº FMZ 30740/2017/1/CA1, caratulados: “INC

APELACION DE DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD.

ORDOÑEZ, C.J.A. EN AUTOS: DIRECCION

NACIONAL DE VIALIDAD c/ ORDOÑEZ, C.J.A.

s/EXCLUSION DE TUTELA SINDICAL”, venidos del Juzgado Federal de

S.J., a esta Sala “A” para resolver el recurso de apelación interpuesto a

fs. sub 46 por el representante de la actora, contra la resolución de fs. sub

43/45, por el que no se hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la actora,

la que se tiene aquí por reproducida.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que contra lo dispuesto a fs. sub 43/45 , el Dr. Carlos

    Daniel Blanco, en representación de la Dirección Nacional de Vialidad

    interpone recurso de apelación.

  2. Que a fs. sub 48/52 la parte actora funda el recurso, en

    primer término se agravia en cuanto considera errónea la apreciación del juez

    de grado referida a que no se ha acreditado el requisito de la verosimilitud del

    derecho invocado como presupuesto para el otorgamiento de una medida

    cautelar Fecha de firma: 28/08/2019 Alta en sistema: 11/09/2019 Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: A.R.P., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: R.H.M., Secretario de Cámara #31262563#241831234#20190822135304003 Manifiesta que la continuidad laboral del Sr. O.

    constituye un peligro concreto y en extremo grave para la integridad física y

    hasta la vida de los trabajadores atento a los testimonios obrantes en autos.

    En segundo término manifiesta que de las actuaciones

    sumariales que tramitaron por expediente Nº 19795SU2011 surge que el Sr.

    O. cometió acciones que promovieron la violencia en el ámbito del 9º

    Distrito, así como la desobediencia y falta de respeto a las autoridades del

    mismo.

    Agrega que atento a su cargo gremial unido con su cargo

    jerárquico dentro del organismo, maneja información de carácter sensible y

    reservada sólo a las autoridades de mayor jerarquía de la organización, y que

    ostenta un poder que utiliza de manera reprochable.

    Por último le agravia que el rechazo de la medida cautelar se

    halle fundado en la sentencia de la Cámara de Apelaciones dictada en el marco

    de autos FMZ 55017872/2011/CA1, por la que se resuelve revocar el

    procesamiento dictado en primera instancia y dicta la falta de mérito a favor

    de O. en orden al delito por el que fuera oportunamente imputado e

    indagado, debiendo profundizarse la investigación.

    Manifiesta que, atento a que dicha sentencia, lejos de dar por

    terminada la causa penal, ordena profundizar la investigación, en consecuencia

    sólo puede servir de fundamento para abonar la procedencia de la medida

    cautelar solicitada.

    Cita jurisprudencia.

  3. Que, corrido el traslado...

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