Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 27 de Junio de 2019, expediente COM 025287/2015/1/CA002

Fecha de Resolución27 de Junio de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala E

25287 / 2015 Incidente Nº 1 - ACTOR: G.G., J.M. s/INCIDENTE DE RECUSACION CON CAUSA -

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E 25287 / 2015 Incidente Nº 1 – DIAZ, M.J.C.C., ENRIQUE FELIPE S/EJECUTIVO s/INCIDENTE DE RECUSACION CON CAUSA POR G.G., J.M. -

Juzg. 12 S.. 120 13-15-14 Buenos Aires, 27 de junio de 2019.-

Y VISTOS:

  1. M.L.G.G. dedujo recusación con causa contra la magistrado a cargo interinamente del Juzgado N° 10 S.retaría N° 100 (v. fs.

    81/2 de este incidente).

    A fs. 84 produjo su informe la juez y a fs. 88/9 dictaminó la señora F. General.

  2. La Sala comparte los fundamentos expuestos por la señora Representante del Ministerio Público ante esta Cámara en el referido dictamen.

    Efectivamente, la recusación planteada luce meramente genérica y sin fundamento en las causales del CPr.: 17.

    El recusante se limitó a la mención de un desacierto en la resolución emitida por la juez copiada Fecha de firma: 27/06/2019 Expte. N° 25287 / 2015 1 Alta en sistema: 29/07/2019 Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: H.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: F.J.T., SECRETARIO DE CÁMARA #33261855#237553585#20190627115300903 25287 / 2015 Incidente Nº 1 - ACTOR: G.G., J.M. s/INCIDENTE DE RECUSACION CON CAUSA -

    en fs. 80, que -a su entender- pone en peligro su imparcialidad.

    Sin embargo y en razón de los alcances de lo dispuesto en fs. 80 (medida previa a resolver la cuestión de fondo), no es posible advertir elemento alguno que ponga en tela de juicio la imparcialidad de la juez.

    De todas formas, tal como señaló la Sra.

    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR