Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 23 de Abril de 2019, expediente CAF 15567/2019/1/CA1

Fecha de Resolución23 de Abril de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 15567/2019 Incidente Nº 1 - ACTOR: BETTELANI, P.I. DEMANDADO: FISCO NACIONAL (AFIP-DGA) s/BENEF. DE LITIGAR S/

G Buenos Aires, 23 de abril de 2019.

VISTO: Las apelaciones deducidas a fs. 66/68 y 78/vta., contra las resoluciones de fs. 57/59 y 76/vta., respectivamente; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, a fs. 57/59, el Tribunal Fiscal de la Nación denegó el beneficio de litigar sin gastos solicitado por P.I.B., y lo intimó a ingresar la suma de $3.150 en concepto de tasa de actuación.

    Para resolver como lo hizo, consideró que las pruebas aportadas por el incidentista -una declaración testimonial y copias de recibos de sueldo de 2015-, eran insuficientes para acreditar su carencia de medios económicos o la posesión de un patrimonio exiguo para hacer frente a los gastos del proceso.

    En particular, señaló que, si bien el requirente era una persona física que acreditaba haber trabajado en relación de dependencia para la empresa Cargo Agent SRL, con un sueldo máximo de $11.146,00 en el período respaldado por los recibos de sueldo, obstaba a la procedencia de la franquicia: (i) el hecho de que los recibos acompañados no fuesen contemporáneos a la fecha de interposición del recurso; y (ii) la ausencia de informes bancarios, del Registro de la Propiedad Inmueble y/o del Registro Automotor, que diesen cuenta fehaciente de su situación patrimonial y financiera.

  2. ) Que, disconforme con el rechazo del beneficio de litigar sin gastos, a fs. 60/72 el señor B. (i) interpuso recurso de apelación, y (ii)

    acompañó nuevos documentos (copias de recibos de sueldo de 2018 y de las partidas de nacimiento de sus dos hijos).

    Manifestó que sus dificultades económicas eran mayores, pues había sido padre por segunda vez y su ingreso mensual –que ascendía a $24.913 al momento de la presentación (17/8/18, fs. 68)- apenas le alcanzaba para el sostén del grupo familiar. Insistió en que no tenían bienes patrimoniales ni cuentas bancarias, y que vivían de prestado en la casa de sus padres. A su vez, pidió que se tomase en consideración la realidad económica del país.

  3. ) Que, a fs. 76/vta., el tribunal a quo (i) rechazó la documental aportada a fs. 60/65 y 69/71 debido a que no versaba sobre hechos sobrevinientes a la sentencia de fs. 57/59 y, la posibilidad de ofrecer nueva prueba y solicitar un pronunciamiento en los términos del artículo 82 del CPCCN, sólo es admisible en la medida en que se pretenda...

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