Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 10 de Agosto de 2018, expediente COM 012548/2018/1/CA001

Fecha de Resolución10 de Agosto de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C Incidente Nº 1 - TERUEL, H.L. Y OTROS c/ GARCIA PEREZ, ANDRES s/INCIDENTE DE RECUSACION CON CAUSA -

Expediente N° 12548/2018/1/CA1 Juzgado N° 12 Secretaría N° 23 Buenos Aires, 10 de agosto de 2018.

Y VISTOS:

Vienen las presentes actuaciones a conocimiento de esta Sala con motivo de la recusación con causa deducida por la parte actora contra el Sr. Juez titular del Juzgado N°11.

A fs. 37 el juez a quo emitió el pertinente informe previsto por el art. 22 del código procesal, manifestando que no se encontraba comprendido en la causal de recusación invocada.

Comparte el Tribunal lo aconsejado por la Sra. Fiscal General en el dictamen que antecede, por lo que la recusación fundada en el art. 17 inc. 7°

CPCC, será desestimada.

Es que, las opiniones vertidas por los magistrados en la debida oportunidad procesal, sobre los puntos sometidos a su consideración, de ningún modo autorizan la recusación por prejuzgamiento, toda vez que no se trata de opinión anticipada (S.C.F. -C.D.Y., "Código procesal comentado, anotado y concordado", T. I, pág. 233, edit. Astrea, 1988).

Y eso es lo que ha ocurrido en el caso, toda vez que el juez se pronunció en el momento procesal oportuno a efectos de examinar la competencia que le había sido atribuida por la actora al iniciar el incidente “de restitución de depósito” que precedió a la presente acción y verificar la presencia de todos los requisitos de admisibilidad de la demanda.

De tal modo obró en uso de las facultades que le conceden los arts. 4 y 337 CPCC.

Fecha de firma: 10/08/2018 Alta en sistema: 13/08/2018 Incidente Nº 1 - ACTOR: TERUEL, H.L. Y OTROS DEMANDADO: G.P., ANDRES s/INCIDENTE DE RECUSACION CON CAUSA - Expediente N°

Firmado por: MACHIN - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), 12548/2018 Firmado(ante mi) por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA #32095594#213047981#20180809124332964 Es así que, quien se...

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