Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 8 de Junio de 2018, expediente CCF 006618/2017/1/CA001

Fecha de Resolución 8 de Junio de 2018
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 6618/2017 Incidente Nº 1 - ACTOR: UBALDE, G.A. DEMANDADO: OBRA SOCIAL SERENOS DE BUQUES FIDEISALUD SA s/INCIDENTE DE MEDIDA CAUTELAR Buenos Aires, de junio de 2018. EC Tiénese a la doctora R.R. de la Riva por presentada, por parte en mérito a la copia de poder acompañada y por constituido domicilio.

Y VISTOS: el recurso de revocatoria articulada por la obra social demandada a fs. 126/128 y vta. contra la resolución de fs. 121, Y CONSIDERANDO:

  1. Que en la presentación en despacho la Obra Social Serenos de Buques (OSSDEB) pide que se revoque el pronunciamiento de fecha 8 de mayo de 2018 que declaró de oficio operada la caducidad de su recurso.

  2. En virtud de lo prescripto por el Código Procesal, el plazo para la caducidad debe computarse desde la fecha de la última petición que realicen las partes o actuación del Tribual que tenga por efecto impulsar el trámite del recurso (conf. art. 311 del CPCCN). El plazo señalado correrá

    durante los días inhábiles, salvo los que correspondan a las ferias judiciales.

    En tal sentido, resulta lógico que quien está al tanto del estado procesal de la causa efectúe las peticiones que correspondan al respecto dentro del plazo pertinente, con más razón cuando ha interpuesto recurso de apelación en defensa de sus intereses y éste se encuentra pendiente de tratamiento (cfr. F., E.M., Caducidad o perención de instancia, 3°

    edición, E.. Rubinzal-Culzoni, p. 56; CNCiv., S.K., 29/3/1996, “D.H.A. c.C., L.”J., 1999-III).

  3. Sobre tales bases conviene apuntar que desde el auto del 4 de diciembre de 2017 (ver fs. 120) y la resolución que declaro la caducidad de oficio de fecha 8.5.18 ha transcurrido el plazo de tres meses Fecha de firma: 08/06/2018establecido en el Código Procesal (conf. arts. 310, inc. 2 y 316).

    Alta en sistema: 11/06/2018 Firmado por: A.S.G. -R.V.G. -E.D.G. #30646430#207070237#20180607095951945 Por último, parece claro que el...

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