Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 8 de Mayo de 2018, expediente CCF 006618/2017/1/CA001

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2018
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 6618/2017 Incidente Nº 1 - ACTOR: UBALDE, G.A. DEMANDADO: OBRA SOCIAL SERENOS DE BUQUES FIDEISALUD SA s/INCIDENTE DE MEDIDA CAUTELAR Buenos Aires, de mayo de 2018. EC AUTOS, VISTO

Y CONSIDERANDO:

I.- Que desde el auto de fs. 115, del 4 de diciembre de 2017, no fue realizado otro acto con efecto impulsorio del recurso interpuesto (conf. fs. 96/100).

II.- Así las cosas, desde aquella fecha hasta el presente ha transcurrido el plazo previsto en el art. 310, inc. 2, del C.P.C.C.N. para tener por producida la caducidad de la instancia del referido recurso, con costas (arts. 68, arg. art. 73 y 316 del C.P.C.C.N.).

Los honorarios serán regulados una vez determinados los correspondientes a la instancia principal ASI SE DECIDE.

El doctor A.S.G. no suscribe la presente por hallarse en uso de licencia (art. 109 del...

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