Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 17 de Abril de 2018, expediente FSM 113273/2017/1/CA001
Fecha de Resolución | 17 de Abril de 2018 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II Causa FSM 113273/2017/1/CA1 - Orden 14.160 Incidente Nº 1: ÁLVAREZ, EMMANUEL c/ OBRA SOCIAL UNIÓN PERSONAL DE LA UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN s/ AMPARO LEY 16.986 - INC. APELACIÓN Juzg.Fed.Campana - Sec. Civil 1 S.M., 17 de abril de 2018.-
VISTOS
Y CONSIDERANDO:
Llegan estos autos a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación deducido por la Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación [OSUPCN]
contra la resolución de fs. 40/42, que hace lugar a la medida cautelar. El traslado fue contestado [cfr. fs. 48/51vta., 56, IV), 57/57vta., 62; art.
198, CPCC].
Del legajo surgen acreditados los siguientes hechos esenciales y decisivos, a saber:
En primer lugar, el Sr. E.A., de 31 años, estaba afiliado al plan superador [310] de Accord Salud, el plan privado de Unión Personal, bajo el n° 02424649 004 [cfr. fs. 3, 6/13, 37].
En segundo lugar, de la constancia de “OBRA SOCIAL PARA LOS BENEFICIARIOS DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO”, que emitió la ANSeS -delegación Z.- el 18 de mayo de 2017, se desprenden los datos del accionante, entre los Fecha de firma: 17/04/2018 Alta en sistema: 18/04/2018 1 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.P.S. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA #31382219#201211730#20180417133758176 cuales figura la fecha de su cese laboral, ocurrido el 6 de febrero de 2017, y que, registraba tres (3) “cuotas abonadas” del total de ocho (8) “cuotas otorgadas”, correspondientes al seguro por desempleo, con cobertura de la “O.S.
PERS. CIVIL DE LA NACIÓN” [cfr. fs. 5].
En tercer lugar, el 7 de septiembre de 2017, el actor intimó por carta documento a la accionada para que “se abstengan de negar la cobertura del tratamiento terapéutico y medicamentoso […] asimismo […] una vez vencido el plazo de vigencia del Seguro de Desempleo (01/10/2017) y en caso de verme impedido de reingresar a la actividad laboral, tome los recaudos necesarios para continuar mi afiliación en la categoría ADHERENTE VOLUNTARIO, comprometiéndome desde ya a efectuar los pagos mensuales ordinarios así como el adicional por el servicio provisto por ACCORD SALUD, correspondiéndole a Ud. recibir los mismos sin condicionamiento alguno, imposición de adicionales por preexistencia o de plazos de carencia” [cfr.
fs. 23/24].
En cuarto lugar, el 7 de noviembre de 2017, el Dr. Schencman...
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