Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 26 de Diciembre de 2017, expediente CAF 004065/2016/1/CA001

Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 4065/2016/1: Incidente de Apelación en autos:

WILDE, Z.D. c/ MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO

Buenos Aires, 26 de diciembre de 2017.

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I- Que, por resolución del 31 de mayo de 2017, el Sr. Juez de primera instancia decidió admitir el pedido de prórroga del plazo de vigencia de la medida cautelar dictada con fecha 7 de diciembre de 2016, mediante la cual había ordenado al Estado Nacional que se abstuviera de alterar o hacer caducar la condición de Juez de la actora con fundamento en la norma contenida en el art. 99, inc. 4º, párrafo tercero de la Constitución Nacional (v. fs. 50/1 y fs. 60 del presente incidente.

II- Contra esa decisión, el Estado Nacional interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio.

El recurrente aduce que ha cesado la verosimilitud del derecho invocado por la actora en atención a la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el reciente fallo dictado en autos “S.”, que dejó sin efecto el precedente “F.”, y que había constituido el fundamento de la medida provisional cuya prórroga recurre. Refiere que resulta notoria la omisión en la que se ha incurrido al no ponderar la circunstancia indicada, máxime si se tiene en cuenta que el fallo aludido resuelve tajantemente la cuestión que pueda ventilarse en relación con la aplicabilidad del precepto contenido en el inc. 4º del art. 99 de la Constitución Nacional. Sostiene que la situación que la medida cautelar dictada carezca de fundamento actual, es transmitida al pronunciamiento que la amplía; lo que invalida a este último como acto jurisdiccional (v. fs. 61/3).

A fs. 66/7, obra la contestación de agravios que ha sido presentada por la parte actora. En ese escrito, desde un punto Fecha de firma: 26/12/2017 Alta en sistema: 27/12/2017 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #30142991#196200995#20171226130332050 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 4065/2016/1: Incidente de Apelación en autos:

WILDE, Z.D. c/ MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO

de vista procesal, señala que los motivos que llevaron a decretar la tutela cautelar se encuentran alcanzados por la preclusión, al haber sido consentidos por la demandada, que no apeló esa medida.

En lo demás, formula algunas consideraciones -sobre el fondo de la cuestión- en torno a lo decidido en el precedente “S.”.

III- Que, por pronunciamiento del 27 de junio de 2017, el Sr. Juez de la instancia anterior rechazó el recurso de reposición deducido por la parte demandada contra la resolución por la que otorgó la prórroga de la vigencia de la medida cautelar dictada a fs. 51/2, por el lapso de seis meses, a computarse desde el 31 de mayo de 2017...

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