Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 14 de Noviembre de 2017, expediente CSS 024240/2009/1/CA002

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1MFM Expte nº: 24240/2009 Autos: “Incidente Nº 1 - ACTOR: B.O.N. DEMANDADO: ANSES s/INCIDENTE”

J.F.S.S. Nº 8 Sentencia Interlocutoria del Expte. Nº 24240/2009 Buenos Aires, AUTOS Y VISTOS:

  1. Llegan las presentes actuaciones a este Tribunal a fin de resolver el recurso de apelación en subsidio interpuesto contra la resolución de fecha 11/05/2017 (fs. 159) en el cual la Sra. Juez a quo manifiesta: “Respecto del embargo solicitado a la causahabiente, Sra.

    F., toda vez que los honorarios devengados por tareas realizadas a favor del causante deben ser percibidos en el juicio universal de este, a lo solicitado no ha lugar”

  2. La Sala III de la C.F.S.S. en autos "FRIZMAN, A.N. c/ Traba, J. s/Ejecución de honorarios", del 27/11/06 ha señalado: “La pretensión de la letrada de que se enderece demanda contra la cónyuge supérstite del causante - contra quien había dirigido la acción tendiente a ejecutar los honorarios regulados judicialmente por su actuación profesional-, no encuentra asidero en nuestro ordenamiento positivo, toda vez que el Código Civil establece que los derechos de una persona fallecida se transmiten a sus herederos, declaración ésta que le compete al juez civil del lugar del último domicilio del difunto, resultando que ante el mismo deben entablarse, entre otras, "las acciones personales de los acreedores del difunto, antes de la división de la herencia" (art.

    3284, inc. 4). En consecuencia, corresponde confirmar lo resuelto por el "a quo" que rechazó

    la solicitud de la accionante; sin perjuicio del derecho que le asiste a ésta de promover el respectivo incidente ante la sucesión del demandado o, en su caso, proceder a su apertura. (D. dictamenF. al que adhiere la Sala).

    Así las cosas...

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