Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 10 de Octubre de 2017, expediente CCF 006443/2015/1/CA001

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 6443/2015 Incidente Nº 1 - ACTOR: M,. J.J. Y OTRO DEMANDADO: OSDE BINARIO s/INCIDENTE DE APELACION Buenos Aires, 10 de octubre de 2017.

VISTOS: el recurso de apelación interpuesto –y fundado- por OSDE a fs. 131/133, replicado por la actora a fs. 137/140, contra la sentencia de fs. 127/129; y CONSIDERANDO:

  1. Que el señor J.J.M.,. –en representación de su hija A.M.M.,.

    promovió la presente acción de amparo –con medida cautelar- contra la obra social “Organización de Servicios Directos Empresarios” –en adelante OSDE-, a fin de que le otorgara a su hija la cobertura integral de la prestación médica de internación en Centro Terapéutico GENS. Expuso que la beneficiaria, actualmente se encuentra cumpliendo una orden judicial de arresto domiciliario en la institución antes mencionada, impartida por la Jueza Dra. S.A.S., a cargo del Juzgado Federal de Instrucción Criminal N° 1, en el marco de la causa N° 10.253/2014.

    Así las cosas, dado el elevado costo que representa para la economía familiar costear la internación en el referido Centro Terapéutico, fue que requirió la cobertura de la prestación a través de la entidad aquí

    demandada.

    Que, ante la conducta negativa de la emplazada frente al pedido formulado a fin de que procediera a la cobertura del servicio reclamado (confr. instrumento de fs. 8, 9, y 10), fue que inició el presente reclamo judicial.

  2. Concluido el trámite con el respectivo informe suministrado por la demandada (fs. 49/53), el Magistrado de la anterior instancia –en la sentencia de fs. 127/129, hizo lugar al presente amparo, y dispuso que la empresa demandada OSDE procediera a brindarle a la actora la cobertura de Fecha de firma: 10/10/2017 Alta en sistema: 25/10/2017 Firmado por: A.S.G. -R.V.G. -E.D.G. #30336193#190449469#20171006125452399 la internación en el Centro Terapéutico GENS, de conformidad con la indicación de los médicos que intervienen en la causa penal 10.253/2014 y la orden judicial impartida por la Dra. S.A.S..

    Esa decisión motivó el recurso de la demandada en los términos que surgen del memorial obrante a fs. 131/133, respondido por el actor a fs.

    137/140.

    M., además, sendos recursos de apelación –por altos y bajos- de los honorarios regulados al Dr. C.A.G., letrado patrocinante del actor (cfr. fs. 135).

  3. La empresa de medicina prepaga sostiene, en concreto, que si bien es cierto que la Dra. A.S. dispuso...

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