Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 22 de Septiembre de 2017, expediente CIV 010572/2012/1/CA001

Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2017
EmisorCamara Civil - Sala D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D 10572/2012 - Incidente Nº 1 - ACTOR: NUÑEZ D.A. DEMANDADO: CATTALIN VICTOR EMILIANO Y OTROS s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS.

Buenos Aires, de septiembre de 2017.- PS Y Vistos. Considerando:

La resolución de fojas 75, en virtud de la cual se rechazó el presente beneficio de litigar sin gastos, respecto del pago de la tasa de justicia, es ajustada a derecho y a las constancias de la causa, razón por la cual será confirmada.

En efecto, correctamente el señor juez de grado entendió que la franquicia pretendida no alcanzaba el tributo correspondiente, habida cuenta que el beneficio iniciado anteriormente, feneció por haberse decretado a su respecto la caducidad de instancia, y el nuevo promovido no tiene, en el caso, efectos retroactivos.

Sobre el particular, si bien es cierto que conforme con lo dispuesto por la norma del artículo 78 del Código de rito, se podrá pedir en cualquier estado del proceso la concesión del beneficio de litigar sin gastos y que, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 84 del mismo ordenamiento legal, “en todos los casos la concesión del beneficio tendrá efectos retroactivos a la fecha de promoción de la demanda”, en rigor, el alcance de la norma debe ser analizado en armonía con las disposiciones contenidas en el capítulo pertinente. Al respecto, la norma emergente del artículo 84, especifica que el beneficio podrá ser promovido hasta la audiencia preliminar o la declaración de puro derecho, salvo cuando se acrediten circunstancias sobrevinientes.

Fecha de firma: 22/09/2017 Alta en sistema: 26/09/2017 Firmado por: P.B.I.-O.O.Á. #26988856#188997627#20170921082831608 En la especie, teniendo en cuenta el estado procesal de las actuaciones principales al tiempo que se iniciaron las presentes, no cabe más que concluir que la decisión de grado es ajustada a derecho.

En esta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR