Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 5 de Junio de 2017, expediente CIV 077317/2015/1

Fecha de Resolución 5 de Junio de 2017
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G 77317/2015.- Incidente Nº 1 - ACTOR: I., Y.S. Y OTROS DEMANDADO: G., G.A. Y OTRO s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS Buenos Aires, de junio de 2017.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Se encuentran los autos para resolver el remedio federal previsto por el art. 14 de la ley 48 que interpone la Defensora Pública de Menores e Incapaces de Cámara, contra la resolución de esta Sala de fs. 64/65. El traslado respectivo es contestado por los letrados beneficiarios del pacto en cuestión.

  2. Ante lo argumentado por el recurrente, se señala:

  1. Que las discrepancias con la valoración de las constancias de la causa o su apreciación calificada de errónea, no justifican el recurso que se intenta basado en la supuesta arbitrariedad del pronunciamiento (cf. Fallos 235:62; 249:354 y 683; 250:13; 251:45; 253:354; Morello-Sosa-Berizonce, Códigos Procesales..., III-915 y sus citas, 2a. edic. año 1988), pues lo contrario implicaría la admisión de otra instancia revisora delegada, que el ordenamiento legal en vigencia no contempla (Sagüés, N.P., Recurso Extraordinario, 2-194, y sus citas).

  2. La decisión de la Sala, se sustenta en fundamentos de naturaleza no federal, de hecho o de derecho común, ajenos -como regla- al remedio de excepción que se intenta (cf. Palacio Lino E., El recurso extraordinario federal, pág. 19, nº 1.3 y pág. 187, n° 23.1.).

  3. El recurso ha sido interpuesto tardíamente, pues la introducción de la cuestión federal debe -necesariamente- efectuarse en la primera oportunidad que lo permita el curso del procedimiento (Fallos 259:169; 261:199; 266:275; 267:259), ya que resulta previsible que las resoluciones judiciales puedan acoger defensas o pronunciamientos contrarios a los intereses en juego (Fallos 239:103; Fecha de firma: 05/06/2017 Alta en sistema: 14/06/2017 Firmado por: C.A.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.C.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.B., JUEZ...

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