Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL, 30 de Mayo de 2017, expediente CCF 008813/2016/1/CA001

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III Plata, 30 de mayo de 2017.

AUTOS Y VISTOS: Este expediente CCF 8813/2016/CA1 –Sala

III- “Incidente de Medida C. en autos: ‘C., L.B. c/MEDICUSS.A. s/Amparo de Salud’”, procedente del Juzgado Federal de Quilmes; Y CONSIDERANDO QUE:

I.A..

M.L.R., en nombre de su madre L.B.C., promovió la presente acción de amparo contra MEDICUS S.A. con el fin de que se le otorgue la cobertura integral de las prestaciones indicadas para aquélla.

De acuerdo a lo que se desprende del escrito inicial y de la documental allegada por la actora, la señora L.B.C. es afiliada de MEDICUS S.A.

(carnet N° 08680945005) y fue diagnosticada con “esclerosis múltiple secundaria progresiva”; como consecuencia de ello se le afectaron los miembros inferiores padeciendo paraplejia e incontinencia; dependiendo para todos los actos de su vida de un tercero.

Surge también que el médico neurólogo que la trata, doctor M.J.H., del Hospital Británico, le prescribió: i) la ampliación horaria de enfermería a 24 horas, todos los días incluyendo fin de Fecha de firma: 30/05/2017 Firmado por: C.A.V., juez de cámara Firmado por: ANTONIO PACILIO, Juez de Cámara Firmado por: C.A.N., Juez de Cámara Firmado por: M.S.L., SECRETARIO #29622883#179944595#20170530125203326 semana; ii) Espesan y E. en polvo debido a su trastorno deglutorio crónico; iii) silla higiénica para bañarla, con respaldo reclinable; iv) elevador hidráulico mecánico con ruedas y frenos, con chiripá y cinchas de sujeción por su cuadriparesia severa; v) silla de ruedas para adulto con las indicaciones del especialista en rehabilitación; vi) fonoaudiología deglutoria y vii)

terapia ocupacional.

Dichas prestaciones fueron requeridas a Medicus S.A. a través de una carta documento, la que fue contestada por la demandada, negando la necesidad de recibir enfermería las 24 horas.

Asimismo, la hija de la señora C. manifestó

que –como consecuencia de quedar a cargo de su padre, de 70 años- ésta se cayó y se fracturó la pelvis, por lo que necesitan en forma urgente que se brinde la cobertura integral de la asistencia de enfermería las 24 horas.

Por tal motivo, dedujo esta acción en la que también solicitó que se decrete una medida cautelar de innovar por la que se ordene la cobertura integral de la atención médica que requiere su madre (fs. 19/24).

  1. La decisión recurrida y los agravios.

    1. El a quo hizo lugar a la medida cautelar y dispuso que “MEDICUS SA provea en el plazo...

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