Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 15 de Diciembre de 2016, expediente CIV 029103/2016/1

Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala D

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D 29103/2016 - Incidente Nº 1 - ACTOR: ALMIRON, R.H. Y OTRO s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS.

Buenos Aires, de diciembre de 2016.- PS Y Vistos. Considerando:

La resolución de fojas 33 en virtud de la cual se declaró operada la caducidad de la instancia, es ajustada a derecho y a las constancias de la causa, razón por la cual, adelantamos, la misma será confirmada.

Sobre el particular, se advierte que las quejas que se analizan, no logran refutar la decisión de grado, sin perjuicio de destacar además, que apenas reúnen los requisitos exigidos por la norma del artículo 265 del Código Procesal.

En efecto, el recurrente se limita a discrepar con la aplicación al caso de la norma emergente del artículo 310 inciso segundo del Código Procesal, entendiendo que el beneficio de litigar sin gastos no es incidente, que debe ser considerado como un juicio ordinario y, por ello, evaluarse el asunto a través de lo estipulado por el inciso primero del mismo artículo.

Se ha dicho sobre el particular que, “el incidente de beneficio de litigar sin gastos ha sido objeto de una específica regulación normativa en cuanto al modo en que debe sustanciarse. La regulación autónoma a la que se encuentra sometido, obedece tanto a las peculiaridades que ofrece como a la mayor frecuencia con que se suscita en la práctica judicial. Tales características determinan su inclusión dentro de la clasificación, que Fecha de firma: 15/12/2016 Firmado por: B.P. BRILLA DE S.A.M.R.O.O.Á., JUECES DE CAMARA #28386690#169021537#20161215083801938 desde el punto de vista procesal se efectúa sobre los incidentes, en nominados o autónomos, no siendo éstos a los que se refiere el artículo 318, último párrafo del Código Procesal, en la medida en que la caducidad de instancia del principal provoca la del incidente sólo si éste...

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