Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 6 de Octubre de 2016, expediente CIV 073980/2013/1/1

Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala L

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L Expte n° 73.980/2013/1/1 – J.. 83 “R.M.F. c/ B.P.D. s/ art. 250 C.P.C. – INCIDENTE FAMILIA”

Buenos Aires, de octubre de 2016.- M AUTOS; Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

  1. Contra la resolución que en copia obra a fojas 1/vta mediante la cual se hizo lugar al aumento provisorio de la cuota alimentaria y se condenó al Sr. P.D.B. a abonar la suma de $6.000 a favor de C.S.B. y de G.N.B., apelan tanto la Sra. M.F.R. como el Sr.

    P.D.B.. Los memoriales se encuentran agregados a fojas 17/20 y a fojas 21/26, los que fueron contestados a fojas 27/29 y 31/33.-

  2. La Sra. M.F.R. promovió un incidente sobre aumento de cuota alimentaria que tramita bajo el Expte. N° 73.980/13/1 y que en este acto se tiene a la vista, mediante el cual pidió en los términos del art. 662 del Cód. Civil y Comercial un incremento de la cuota convenida en los autos sobre alimentos (Expte. N° 79.820/13) –que también se tienen a la vista-. Indicó las necesidades y gastos de sus hijos (C. contaba con 21 años de edad en ese momento, mientras que G. había cumplido 18 años de edad) y describió su situación económica como también la del demandado. En el apartado IX pidió

    que se fije una cuota de alimentos provisorios de $8.000 a favor de ambos jóvenes y ofreció prueba. El demandado contestó el traslado de la pretensión incidental a fojas 132/137.-

    Frente a la insistencia de la demandante de que se fijara un aumento provisorio de la cuota alimentaria, el juez dictó la resolución que viene apelada. La actora se queja del monto concedido, el que considera exiguo en función de las necesidades de sus hijos y el incremento en los precios que se ha producido desde que se acordó la cuota alimentaria a favor de G.N.B.. El demandado, por su lado, se queja de la procedencia de la cuota alimentaria y de la legitimación de la actora para formular el pedido de alimentos. Plantea que la cuota pactada a favor de G. caducó al Fecha de firma: 06/10/2016 Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.A.I., JUEZ DE CAMARA #28444178#163963837#20161006134840944 cumplir éste la mayoría de edad el día 14 de febrero de 2015. A su vez, sostiene que en relación a C. no hubo acuerdo alguno, de modo que la actora debió iniciar un pedido alimentos autónomo en lugar de incorporar la pretensión en el incidente de alimentos del hermano. En otro orden, asevera que afronta los gastos de universidad de ambos jóvenes...

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