Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 18 de Octubre de 2016, expediente FSM 002564/2009/1/CA004

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II Causa FSM 2564/2009/1/CA4 - Orden 11.992 Incidente Nº 1: AMARO CARLOS c/ ENCOTEL s/ Cobro de pesos - Obligación de rendición de cuentas, art. 652 CPCCN (Incidente Reconstrucción)

Juzg.Fed.Mercedes - Sec. 3 S.M., 18 de octubre de 2016.-

AUTOS Y VISTOS:

Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal, en virtud de las apelaciones deducidas a fs. 181 y 185/190vta. contra los honorarios regulados a fs. 179/180 en favor del Dr. J.A.P. y del perito contador S.M.R..

El predicho Dr. P. apela por considerar baja la regulación practicada en su favor [a cargo de Encotel]. A la vez que, solicita la regulación de honorarios por su actuación ante esta instancia [cfr. fs. 181].

Por su parte, la demandada se agravia de la “base arancelaria” considerada por el juzgado para efectuar la regulación [$ 2.327.289,97], pues entiende que “los intereses deben ser excluidos”, asimismo, se queja de “la omisión […] en la Fecha de firma: 18/10/2016 1 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: D.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA #24615419#163968603#20161019112336068 aplicación, al caso, de la ley 25.344 de consolidación del pasivo estatal” y porque “es imposible […] determinar si el honorario devengado en las incidencias […] es o no consolidado”.

Finalmente, protesta contra el estipendio del perito contador, ya que ha sido fijado “proporcionalmente a los regulados a favor del letrado” [cfr. fs. 185/190vta.].

En cuanto a la valoración de la base regulatoria y respecto a la inclusión de los intereses, es menester recordar que es criterio de esta alzada que no procede acumularlos al capital en razón de que ellos son el resultado de una contingencia variable y ajena a la actividad profesional, revistiendo además el carácter de condena accesoria [cfr. causa 4483/02, 17/06/03, reg. 388/03; causa 1370/00, 23/12/03, reg. 1004/03 y causa 2550/03, 24/02/04, reg. 51/04, entre muchas; Fallos, 295:72, 301:384, 302:782, 308:708, 327:5982, entre otros].

De modo que, por la naturaleza del asunto, su contenido económico [cfr. fs. 151vta.], Fecha de firma: 18/10/2016 2 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: D.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA #24615419#163968603#20161019112336068 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II Causa FSM 2564/2009/1/CA4 - Orden 11.992...

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